
Cada día, más de tres millones de bogotanos confían en el servicio de transporte público de Transmilenio para desplazarse por la ciudad. Sin embargo, junto con la masiva movilización, también se presentan situaciones poco comunes al interior de los buses, como los conflictos por ocupar las sillas prioritarias, que en ocasiones han desembocado en agresiones físicas.
El sistema de Transmilenio establece claramente que las sillas azules están destinadas exclusivamente para adultos mayores, mujeres embarazadas, personas con niños pequeños o aquellos con algún problema médico físico. Lo que muchos pasajeros desconocen es que esta regla no es simplemente una norma por cortesía, sino que tiene consecuencias legales significativas.
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Impedir el acceso o la salida prioritaria a una mujer embarazada, un adulto mayor, una persona con niños pequeños o una persona con discapacidad puede resultar en multas sustanciales. La multa que aplica es la tipo 1, que corresponde a cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes; es decir, a 173.000 pesos para 2024.

Según el Código de Policía, no ceder el asiento también implica sanciones. El artículo 146 de la norma establece que ese comportamiento tiene como consecuencias un llamado de atención, además de posibles multas si se evidencia otro irrespeto como el mencionado anteriormente.
Es esencial que los usuarios de Transmilenio respeten estas normas y consideren las necesidades de aquellos que requieren acceso prioritario a los asientos.
Otras sanciones por infringir normas o incurrir en malos comportamientos en Transmilenio
La misma multa de cuatro smdlv aplica para otras tres conductas, con el propósito de combatir comportamientos inadmitidos dentro de los buses y la infraestructura del sistema:

- Aquellos que consuman alimentos, bebidas, tabaco o sustancias prohibidas en los vehículos o en las estaciones.
- Se penalizará a quienes ingresen o salgan de las estaciones por lugares no designados para ello, pues eso afecta la vida de esas personas, la seguridad vial y el flujo adecuado de pasajeros.
- Otra conducta que será objeto de multa es la perturbación de la tranquilidad de los demás usuarios. Esto incluye actos como comportamientos sexuales inapropiados, peleas u otras acciones que causen molestias a los demás pasajeros.
Hay sanciones más severas

Con multas tipo dos, que implican el pago de ocho salarios mínimos diarios legales vigentes ($346.667 en 2024), estas son las conductas prohibidas:
- Evadir el pago del pasaje.
- Transportar mascotas en vehículos de transporte público sin cumplir con la reglamentación establecida para ello.
- Obstaculizar o impedir la movilidad o el flujo de usuarios en el Sistema.
Mientras que con multas tipo tres, que equivalen a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, las personas deberán pagar aproximadamente 693.328 pesos y se aplicarán en los siguientes casos:
- Alteración, manipulación, deterioro o destrucción de puertas de estaciones o vehículos del transporte público, salvo en situaciones de emergencia.
- Irrespeto hacia funcionarios o autoridades del sistema.
- Daño o alteración de sistemas de alarma o emergencia en vehículos de transporte público.
Por otro lado, las multas tipo cuatro, que ascienden a 32 salarios mínimos diarios legales vigentes; es decir, alrededor de $875.580 pesos, serán impuestas en situaciones más graves, como:

- Poner en riesgo la seguridad operativa de los sistemas de transporte masivo, colectivo o individual.
- Sustraer o hacer mal uso de chalecos salvavidas y otros equipos de seguridad en el transporte público.
- Resistirse a los procesos de seguridad en los filtros de acceso.
- Introducir sustancias o elementos peligrosos en el medio de transporte.
- Contravenir las obligaciones establecidas en los reglamentos o manuales de uso y operación.
Estas medidas buscan promover un ambiente seguro y ordenado en el transporte público de Bogotá, así como garantizar el respeto hacia los funcionarios y la integridad de los usuarios del sistema.
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