
La Cámara de Representantes de Colombia dio luz verde a un proyecto de ley que elimina la posibilidad de arresto domiciliario y limita las oportunidades de reducción de penas para los condenados por feminicidio.
La medida, que busca fortalecer la protección de las mujeres y asegurar castigos más severos para los agresores, espera ahora la discusión y aprobación del Senado antes de ser presentada para la sanción presidencial.
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El representante Leonardo Rico, del partido Cambio Radical y promotor de la ley, expresó su satisfacción por la aprobación de la normativa: “Después de años de esfuerzo, hemos logrado aprobar nuestra ley de feminicidio, protegiendo la integridad de las mujeres y eliminando la posibilidad de casa por cárcel para estos criminales que atentan contra las mujeres en Colombia”.
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La propuesta legislativa consta de tres artículos, donde los dos primeros proponen excluir el feminicidio de ciertos beneficios penales y la sustitución de la detención preventiva, mientras que el tercero establece su entrada en vigor.
El “delito de feminicidio en la exclusión de los beneficios, subrogados penales (artículo 68A, Ley 599 del 2000) y sustitución de la detención preventiva (artículo 314, Ley 906 del 2004)”, señala la iniciativa.

Según datos aportados por Rico, el año 2023 registró 620 casos de feminicidio en Colombia, con Antioquia y Valle del Cauca como los departamentos más afectados.
El delito de feminicidio
En Colombia, el feminicidio está tipificado como un delito autónomo por la Ley 1761 de 2015, conocida como la “Ley Rosa Elvira Cely”. La ley define el feminicidio como el asesinato de una mujer por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género. Las características principales de la tipificación son:
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- Autonomía del delito: El feminicidio se considera un delito independiente del homicidio, con sus propias circunstancias y agravantes.
- Circunstancias agravantes: Incluyen situaciones como tener o haber tenido una relación con la víctima, actos de dominio o control sobre la mujer, aprovechamiento de relaciones de poder, y antecedentes de violencia contra la víctima.

- Agravación punitiva: La pena puede ser agravada si el autor es un servidor público, si la víctima es menor de 18 años o mayor de 60, si el delito es cometido por varias personas, si es precedido por una agresión sexual, o si es perpetrado por la pareja o expareja de la víctima.
Las condenas para quienes cometen feminicidio varían según la gravedad del caso y las circunstancias agravantes presentes. Según la ley el feminicidio se castiga con penas de prisión que oscilan entre 20 y 41 años. Sin embargo, existen casos en los que las condenas pueden ser mayores, como en una reciente sentencia donde un feminicida recibió una condena de más de 43 años de cárcel por el asesinato de una mujer y por haberse escondido en tres países para evitar la captura.
Además, la ley establece circunstancias agravantes que pueden incrementar la pena, como la relación del agresor con la víctima, actos de dominio o control, y si el autor es un servidor público, entre otros. Estas agravantes buscan reflejar la severidad del delito y asegurar que los castigos sean proporcionales a la gravedad de los actos cometidos.
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Las cifras del delito
Según los datos aportados por Medicina Legal y retomados por ONU mujeres, los departamentos en Colombia con las mayores cifras de feminicidio y violencia de género son: Antioquia que registró 23 casos de feminicidios hasta julio de 2023.
Valle del Cauca el cual presentó 18 casos de feminicidios y 802 casos de violencia de pareja solo en este departamento hasta julio de 2023. Norte de Santander donde se reportaron 12 feminicidios en el primer semestre de 2023.
Además, otros departamentos como Bolívar, Cauca, Chocó, Cundinamarca, Putumayo, Bogotá, Santander y Caquetá también presentan un número significativo de atenciones por violencia basada en género.
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