
Las reconocidas empresas Colchones Paraíso y Muebles & Accesorios han entrado en un proceso de liquidación judicial anunciado por la Superintendencia de Sociedades.
Colchones Paraíso adquirió a través de Dream Rest a Muebles & Accesorios, una empresa que lleva más de 39 años en el mercado de diseño de mobiliario y decoración.
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Sin embargo las dos compañías entraron en un período en el intentaban reorganizarse, pero enfrentaron dificultades, incluido el incumplimiento en el pago de gastos administrativos. Este anuncio no solo deja en incertidumbre el futuro de los 677 empleados directos de la empresa, sino que también ha generado preocupación entre los consumidores, muchos de los cuales habían expresado su descontento en varias plataformas por problemas en la entrega de productos y atención al cliente.
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Como respuesta, otra superintendencia, la de Industria y Comercio (SIC), en virtud de su papel como la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor en Colombia, ha emitido una decisión crítica en defensa de los derechos de los consumidores, dirigida a Manuel Brostein Tisminezky y las empresas Casa y Confort (Colchones Paraíso), Muebles y Accesorios, y Dream Rest Colombia.
Esta resolución, la No. 9664 de 2024, exige a estas compañías adoptar medidas inmediatas para corregir presuntos incumplimientos relacionados con la entrega de productos. La medida ordena específicamente la devolución de dinero o la entrega de los productos pendientes, según prefiera el consumidor, medida que debe ejecutarse en un plazo determinado.
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La situación ha escalado a serios problemas de la sociedad con sus empleados y compradores, quienes han denunciado que, en el caso de los primeros, algunos han sido mandados a la casa, mientras que los segundos afirman que han comprado bienes que no han recibido, sin conocer respuestas.

Lo que dijo el superintendente
De acuerdo con el jefe de la Superintendencia de Sociedades, Billy Escobar, entrevistado por Blu Radio, las dos sociedades que entraron en liquidación (Muebles & Accesorios y Dream Rest S.A.S.) son las “que deben responder”.
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Explicó que ambas “pasaron por un proceso de reorganización, o sea, intentamos su salvamento, desde el año 2020, que venían ellos tratando de organizar sus acreencias, pero desafortunadamente desde finales del año pasado (2023) ya empezaron a presentarse síntomas de que ya no podían y, efectivamente, ya entraron en otra etapa, que es la de liquidación. La tarea de nosotros es buscar bienes para poder responderle a la comunidad (...) Empezar a buscar la forma de conseguir recursos para poderles responder en los órdenes que la ley establece a la gente”, determinó.
Así, también refirió que, en la práctica, el panorama es que “ya se adelantaron diligencias judiciales de embargo y secuestro de bienes de manera inmediata en la ciudades de Barranquilla, Sopó y Mosquera, donde tenían tanto instalaciones comerciales como bodegas o fábricas de producción”.
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Qué dijo la SIC
Por su parte, la Superintendencia de Industria y Comercio emitió la orden administrativa de que delineó un plan de acción detallado para las empresas que empezarían por la disposición de que deben informar a la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor sobre los supuestos incumplimientos en menos de cinco días hábiles tras la notificación de esta orden.
“Además, deben elaborar un plan de entrega o devolución de dinero en el mismo periodo, garantizando a los consumidores la elección entre estas dos opciones”, destacó la orden.
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Así, la determinación estableció que es menester una comunicación directa y honesta con los consumidores, quienes deberán ser informados de manera “clara, veraz, visible, precisa y suficiente” sobre cualquier cambio que pueda afectar su situación jurídica, como los procesos de reorganización o liquidación a los que las sociedades fueron sometidas.
Ahora bien, si el consumidor opta por recibir el producto en vez del reembolso, las empresas tienen un límite de 15 días hábiles para hacer la entrega una vez estructurado el plan. En caso de no poder realizar la entrega en el tiempo estipulado, “se procederá con la devolución del dinero sin retenciones ni descuentos”, lo que refleja un compromiso firme con la protección de los derechos del consumidor.
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Multas en caso de no cumplir
La SIC fue tajante en cuanto a las consecuencias de no acatar esta orden, pues dejó claro que habrá multas sucesivas de hasta mil salarios mínimos legales mensuales ”mientras permanezca en rebeldía”. Esta acción enfatiza la seriedad con la que se toma el cumplimiento de las normativas en protección al consumidor. “El incumplimiento de esta orden implicaría no solo estas sanciones económicas sino también otras que resulten procedentes por inobservancia de las normas contenidas en la Ley 1480 de 2011″, reitera la Supersociedades.
La Superintendencia puntualizó que la decisión se tomó debido a “un incumplimiento en la calidad de la prestación del servicio” y una “carencia de información veraz y precisa”, con relación con las fechas de entrega de los productos.
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