Pacto Histórico reaccionó a fallo en contra de María José Pizarro: “Es contradictorio”

La coalición advirtió que el Consejo de Estado habría desconocido la jurisprudencia sobre las coaliciones, que, según la colectividad, “se agotaban y dejaban de existir constitucionalmente, una vez surtidas las elecciones”

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María José Pizarro, senadora
La elección de la senadora María José Pizarro como primera vicepresidenta del Senado fue anulada por el Consejo de Estado, el 7 de marzo - crédito @PizarroMariaJo/X

El 9 de marzo, dos días después de que se conoció el fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en la que se anuló la elección de la senadora María José Pizarro como primera vicepresidenta del Senado, el Pacto Histórico, la coalición a la que pertenece la congresista, reaccionó a la decisión del alto tribunal.

“Desde la bancada del Pacto Histórico manifestamos nuestra preocupación por el reciente fallo del Consejo de Estado”, se lee en el comunicado que publicó la colectividad, en X.

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Enseguida insistieron que “la sentencia es abiertamente contradictoria con las medidas que ha emitido este mismo ente judicial contra el Pacto Histórico”.

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Entre los argumentos está que “no reconoce la fuerza política como una coalición y aplica la doble militancia para los senadores Alexander López y César Pachón, y en el reciente fallo califica a la Coalición Pacto Histórico como si fuera un partido y uno una sumatoria de minorías, para el caso de las mesas directivas de las mesas directivas del Congreso”.

El Pacto Histórico advirtió que el fallo que anuló la elección de María José Pizarro como primera vicepresidente del Senado tiene contradicciones con la jurisprudencia sobre las coaliciones en el Congreso - crédito @PactoCol/X
El Pacto Histórico advirtió que el fallo que anuló la elección de María José Pizarro como primera vicepresidente del Senado tiene contradicciones con la jurisprudencia sobre las coaliciones en el Congreso - crédito @PactoCol/X

Esto, según el Pacto Histórico, “estaría obstaculizando el ejercicio político de las coaliciones en materia electoral y castigando a las minorías cuando llegan a las mesas directivas”.

También advierten que el fallo desconoce la jurisprudencia “que hasta este fallo, recalcaba que las coaliciones se agotaban y dejaban de existir constitucionalmente, una vez surtidas las elecciones”.

Además, señalan que " no se tiene en cuenta que el Movimiento Alternativo Indígena y Social (Mais), es una fuerza minoritaria dentro del Congreso”, pues solo tiene cuatro senadores, una de ellas la senadora Pizarro.

Finalmente, reiteran que respetan la decisión del Consejo de Estado, pero manifiestan “su preocupación por el sesgo político con el que se estaría tomando decisiones de fondo”.

El fallo del Consejo de Estado

La senadora María José Pizarro expuso que por la renuncia de Astrid Bibiana Rodríguez no se podría realizar moción de censura en su contra
La senadora María José Pizarro expuso que por la renuncia de Astrid Bibiana Rodríguez no se podría realizar moción de censura en su contra - crédito @PizarroMariaJo/X

“La elección de la (senadora) María José Pizarro Rodríguez como primera vicepresidente de la cámara alta del Congreso desconoce lo dispuesto en el artículo 40 de la ley 5° de 1992, por cuanto pertenece a la agrupación que más curules ostenta en esta corporación y, en consecuencia, se deberá declarar la nulidad de su elección en dicha dignidad”, se lee en el fallo del alto tribunal.

En el fallo del Consejo de Estado también se advierte que “es necesario que en las mesas directivas de las plenarias se mantenga una participación armónica entre las distintas fuerzas políticas con representación en cada cámara que compone el Congreso de la República, pues de lo contrario dichos órganos de dirección pueden resultar cooptados por agrupaciones mayoritarias que limitarían el derecho de participación de las demás colectividades y desconocería lo dispuesto en el artículo 14766 de la Constitución en cuanto a la renovación efectiva de las mesas directivas”.

Además, señala que “no es admisible que para efectos de ocupar dignidades en la mesa directiva se consideren de grupos minoritarios, toda vez que ello desconoce la realidad de lo que está ocurriendo en esa corporación pública”.

¿Qué dice el artículo 40 de la Ley 5ª?

El artículo en cuestión, con el que la sala declaró la nulidad de la elección de la senadora Pizarro como primera vicepresidenta del Senado, es claro: “las Minorías tendrán participación en las Primeras Vicepresidencias de las Mesas Directivas de Senado y Cámara, a través del partido o movimiento mayoritario entre las minorías”.

Por lo que, la senadora, por más que haya sido avalada por el partido Mais, este pertenece al Pacto Histórico, que tiene la bancada más grande en el Senado.

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