
La audiencia de acusación contra el excandidato presidencial Óscar Iván Zuluaga y su hijo David Zuluaga, en relación con el escándalo de corrupción de la empresa brasileña Odebrecht, fue nuevamente aplazada por decisión de la jueza encargada del caso en Bogotá. Esta nueva demora generó fuertes críticas hacia el sistema judicial y avivó las sospechas sobre posibles maniobras dilatorias por parte de la defensa.
El caso de los Zuluaga mantiene la atención de la opinión pública desde que surgieron las primeras acusaciones de su presunta implicación en el entramado de corrupción de Odebrecht. Se les señala de haber recibido millonarios sobornos por parte de la empresa para financiar la campaña presidencial de Óscar Iván Zuluaga en 2014; sin embargo, hasta la fecha, las pruebas concretas que respaldan estas acusaciones fueron objeto de debate.
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El argumento planteado por la parte acusadora es que el político estaría al tanto de un pago de “1,6 millones de dólares realizado por la empresa brasileña”. Este dinero supuestamente fue destinado a cubrir los honorarios del publicista José Eduardo Cavalcanti de Mendonça, también conocido como Duda Mendonça, contratado para trabajar en la campaña del político.

La jueza encargada del caso informó que la solicitud de aplazamiento se fundamentó en una acción de tutela presentada por el defensor contra la decisión del tribunal que asignó la competencia para el caso a este juzgado.
“A la 1:08 de la tarde recibió una solicitud de aplazamiento del señor defensor doctor David Espinoza Acuña en la que indica, pues que como quiera que contra la decisión del tribunal mediante, la cual se asignó la competencia para conocer de esta actuación a este juzgado, él presentó una acción de tutela en contra de la decisión adoptada por el Tribunal el día 20 de febrero de 2024, la cual, pues correspondió a la sala casación Penal de la Corte Suprema justicia y a la fecha aún no ha sido resuelta en efecto y bueno, aunque no hubiese hecho la petición del señor defensor”, señaló la jueza.

De esta manera, la jueza expresó que la acción de tutela busca modificar la decisión de la Sala Penal del Tribunal en relación con su competencia. Argumentó que, en aras de la prudencia y la justicia, considera necesario suspender la audiencia hasta que se resuelva dicha acción de tutela.
“Lo que se plantea o lo que se pretende con esa acción de tutela es modificar la decisión de la Sala Penal del Tribunal en torno a la competencia de este despacho”, declaró la jueza durante la audiencia.
En medio de una audiencia acusatoria, el fiscal delegado Juan Martín Parada habló sobre el uso y la pertinencia de la acción de tutela como mecanismo para cuestionar decisiones judiciales. Enfatizó que en ningún momento se invocó el contenido del “artículo 8 del Decreto 2595 en relación con la suspensión de la audiencia en curso”. Según esta parte, la acción de tutela se presenta como un mecanismo transitorio para evitar perjuicios irreparables y no como una herramienta para cuestionar el desarrollo de una audiencia en curso.

“En el momento no se invocó esta solicitud para que se suspendiera el presente trámite y esto nos lleva precisamente a invocar lo que en reiteradas ocasiones lo que ha manifestado la Corte supera de Justicia, incluso también en el radicado STP-12560 2023, radicación 133938 del 1 de noviembre de 2023, donde se entiende estas situaciones como posibles maniobras dilatorias por parte de la defensa, entonces yo si solicitó de manera vehemente al juzgado que demos continuidad al acto de acusación para el cual estamos convocados, no hay razón alguna para que, o sustento alguna, para que se pueda suspender esta diligencia”, señaló Parada
Sin embargo, la jueza reafirmó que la acción de tutela es un recurso válido dentro de la legalidad para cuestionar decisiones judiciales que considera defectuosas. Aunque se reconoce que la acción de tutela es un trámite excepcional y que solo procede en circunstancias específicas, se defiende su utilización en este caso particular.
“El despacho contrario, pues a su criterio que respeta, por supuesto, sí considera que si la acción de tutela tiene como finalidad, argumentando razones jurídicas, no digo que sean acertadas (...) pero el despacho considera que es válido dentro del marco de la ley para en este caso”, puntualizó la jueza.
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