
El Gobierno de Gustavo Petro dio a conocer un nuevo borrador sobre un proyecto de ley. Se trata del de la reforma de los servicios públicos. Esto, cinco meses después de haberlo anunciado en la marcha del 27 de septiembre de 2023 que se hizo para apoyar las iniciativas del mandatario.
“Las leyes, hoy vigentes, que crearon los servicios públicos, tal cual los obtenemos hoy, pusieron en un lugar privilegiado al empresario”, sentenció en esa oportunidad. Según él, los usuarios no tienen derechos ante el servicio público, que es para el usuario.
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Ahora, en el borrador presentado y revelado por Portafolio, se establece que “la regulación de los servicios públicos está a cargo del presidente de la República, quien puede ejercer esta función directamente”.
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Además, dice el medio, que el documento propone fortalecer la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en términos de las sanciones y acciones que puede tomar en la vigilancia de las compañías prestadoras de electricidad, acueducto, aseo, alcantarillado y gas natural.
Ante esto, el presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (Andesco), Camilo Sánchez, aseguró que el texto es señal de intervención estatal para privilegiar lo público, lo que perjudica el modelo actual, cuyo éxito principal radica en la participación igualitaria de empresas públicas, privadas y mixtas.
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“Se estaba avanzando en una posible construcción de manera concertada del proyecto de reforma a la ley de servicios públicos, pero al ser conocida la última versión de este texto se siguen dando pasos atrás sin tener en cuenta aspectos fundamentales que desde el gremio se habían señalado”, dijo el dirigente.
Además, aseguró que “este es un proyecto que desconfía de la estructura regulatoria que tiene el país y prácticamente quiere abolirla”.
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Aspectos principales del borrador
Sánchez señaló algunos de los aspectos principales de este borrador de reforma que serían perjudiciales para la prestación de servicios públicos en Colombia. Son los siguientes:
- Preocupa que entre los principios rectores, que representan la brújula para la prestación de servicios públicos, no se incluyen algunos que han sido esenciales para el desarrollo y el mejoramiento de los indicadores de la cobertura y la calidad de los servicios, como el de libertad de entrada y el de suficiencia financiera.
- Las atribuciones que se le conceden al presidente de la República como directo regulador, ya que las decisiones de las comisiones reguladoras con sustento técnico podrían ser reemplazadas por prioridades de carácter político. Además, esta medida es contraria a la decisión recientemente adoptada por el Consejo de Estado que decretó la suspensión provisional del decreto de reasunción de funciones regulatorias por parte del presidente. “Esta discusión parecía tema superado debido a que el Gobierno tiene mayorías absolutas en cada una de las comisiones y solo le falta nombrar algunos miembros en propiedad”, enfatizó.
- Facultades exorbitantes al superintendente de Servicios Públicos incluyendo el ejercicio de funciones jurisdiccionales con un poder absoluto y sancionador incluyendo multas confiscatorias, sin criterios claros de dosimetría, que podrían desembocar en arbitrariedad e ineficiencia en el ejercicio de sus funciones en perjuicio de los usuarios.
- Se plantea el tema de mínimos vitales en todos los servicios, incluyendo las TIC, sin precisar con claridad las nuevas fuentes de financiación que lo faciliten. En estos momentos de estrechez fiscal y de decrecimiento económico no hay un espacio de recursos que puedan soportar esta nueva situación y, por el contrario, se aumentaría el déficit a niveles insostenibles, poniendo en riesgo la suficiencia financiera de las empresas.
- Como se ha insistido anteriormente, las TIC, por sus características de prestación, las particularidades y especialidad requeridas tanto en lo regulatorio como en lo técnico, sus entidades de regulación y vigilancia, las reglas de competencias a las cuales están sujetas, entre otras, no deben estar incluidas, en ningún caso, en la posible modificación a la Ley 142 de 1994 (régimen de los servicios públicos domiciliarios) dado que existen ya normas específicas que regulan la prestación de estos servicios y allí es donde se deben hacer las modificaciones que correspondan.
Este sector tiene elementos como los de neutralidad de red, asignación del espectro, individualización de los usuarios y no tienen subsidios, quedando claro que es un sector totalmente diferente a los servicios públicos domiciliarios, es decir, “mezclar peras con manzanas”.
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Riesgo de los servicios públicos
Al respecto, Sánchez manifestó que por un problema coyuntural de tarifas no se puede poner en riesgo el sector de servicios públicos que viene funcionando con éxito desde los últimos 30 años.
“No hay que olvidar que Colombia es ejemplo en cobertura y calidad de servicios públicos en Latinoamérica. Lo que funciona no se destruye, se mejora y este proyecto podría desnaturalizar todo el modelo, generando caos e incertidumbre, perdiendo además el foco que en este momento debe ser lograr pasar el fenómeno de El Niño con éxito”, señaló.
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Anotó que bien lo mencionó un exfuncionario del Gobierno actual, en este como en los demás proyectos de reforma hay una desconexión entre ideales y practicidad. De acuerdo con Camilo Sánchez, lo que terminaría sucediendo es que prestar servicios públicos en Colombia se vuelva muy difícil, debido, entre otras cosas, a que la inseguridad jurídica desincentiva la inversión.
“Es imperativo seguir dialogando para construir sobre lo construido. Esta es una reforma en la que no tenemos que correr porque una mala decisión puede ocasionar daños irreparables en detrimento de los usuarios y de los servicios”, concluyó el presidente de Andesco, Camilo Sánchez.
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