
El presidente de la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, el congresista Wadith Manzur, fijó la fecha de la diligencia de testimonio de Nicolás Petro Burgos, por el proceso que se adelanta en contra de su padre, el presidente Gustavo Petro, por las presuntas irregularidades en la financiación de la campaña presidencial de 2022. Esto, luego de que la audiencia citada para el 30 de enero, no se realizó.
La diligencia será a las 9:30 a. m. del 7 de febrero de 2024 y será virtual, pues Petro Burgos no puede salir de Barranquilla. Hay que recordar que la investigación en contra del presidente llegó a la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones por las declaraciones que dio Petro Burgos a la fiscalía en agosto de 2023.
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El 6 de febrero, el hijo mayor del presidente Gustavo Petro pidió a la Corte Suprema de Justicia no tener en cuenta sus declaraciones, pues no se concretó el principio de oportunidad que negociaba con la Fiscalía General de la Nación y en el que, según se conoció cuando se filtró el material audiovisual, advertía que sí habrían ingresado dineros irregulares a la campaña presidencial de su padre de 2022.
Fueron estos testimonios los que motivaron la compulsa de copias al Consejo Nacional Electoral, la Comisión de Acusación de la Cámara y la Corte Suprema de Justicia para investigar si hubo una financiación irregular.
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Vale recordar, también, que la expareja de Petro Burgos, Day Vásquez, que destapó el escándalo, el 5 de febrero de 2024, en X, reiteró lo que dijo desde que prendió el ventilador: “Lo repito y ratifico @petrogustavo NO sabía nada de los dineros recibidos por Nicolás durante la campaña presidencial. Él es una víctima más!”

Los argumentos de Nicolás Petro
En la carta que radicó Petro Burgos en la Corte Suprema de Justicia, advierte que el interrogatorio del fiscal Mario Burgos, cuando negociaban la matriz de colaboración con la justicia, estuvo plagado de irregularidades, como que no se hizo bajo gravedad de juramento, su filtración ilegal —por la que denunció al fiscal ante la Comisión Nacional de Disciplina Judicial— y que no ha dado consentimiento para su uso.
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“Solicito a la Corte Suprema de Justicia en su Sala de Instrucción abstenerse de usarlo. Si bien se preguntará la Corte por qué me dirijo al Despacho sin ser parte procesal, la respuesta es que he batallado en distintas instancias para que este interrogatorio sea tachado en su legalidad, licitud y en su supuesta garantía de protección de derechos humanos, asuntos que me fueron abiertamente vulnerados”, se lee en el documento.
También le solicitó a la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia que “realice inspección judicial al proceso” ante la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, “donde rendí declaración jurada detallando la vulneración de mis garantías y derechos fundamentales en mi proceso”.
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Legalidad de las declaraciones de Petro Burgos a la Fiscalía

Al no concretarse el principio de oportunidad que negoció Petro Burgos con el fiscal Mario Burgos, todas las declaraciones que dio durante los interrogatorios, no podrán usarse dentro del proceso en su contra —que ya tiene agendada su audiencia preparatoria de juicio para el 29 y 30 de abril de 2024— ni en el proceso en contra del presidente Gustavo Petro.
En octubre de 2023, luego de la filtración de parte del interrogatorio, en el que el fiscal Burgos preguntaba directamente por el presidente Petro, este advirtió que se estaba asestando un “verdadero golpe la Constitución”, pues la Fiscalía, al ser el jefe de Estado un aforado, no puede indagar por sus actuaciones.
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Sobre esto, el abogado penalista Francisco Bernate le dijo a Infobae Colombia, que “la Fiscalía puede preguntar sobre lo que considere relevante. Lo que no puede es investigar al presidente porque tiene un fuero, pero en forma, alguna estas preguntas están prohibidas”.
También advirtió que el interrogatorio fue completamente legal, pero que no se tiene como prueba en el proceso contra el presidente: “En la medida que se realizan ante un fiscal, con un defensor, son perfectamente legales. Diferente es que en sí mismas, no se tienen como una prueba dentro de este proceso, en tanto que prueba es solo la que se realiza en presencia del juez”.
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El abogado Iván Cancino, en entrevista con W Radio, coincidió en la apreciación del abogado Bernate: “No se puede tener en cuenta dentro del proceso desde ningún punto de vista y es una jugada incluso desleal de la persona que lleva el caso, a mí no me gusta hacer atribuciones genéricas para hablar de la Fiscalía, yo creo que aquí hay unos funcionarios que tenían acceso a esos diálogos”.
También advirtió que “no pueden imputar a una persona diciendo que la evidencia es lo dicho por Petro Burgos. Es una prueba que se vería ilegal y estaría contaminada. Lo perverso de esto es que un fiscal puede coger la noticia de un medio de comunicación y se puede investigar a quienes mencionan. Pero no se puede tomar ninguna decisión con base en el testimonio”.
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