
Ante esta situación, los alcaldes de algunas ciudades han expedido decretos con el objetivo de contrarrestar el consumo de sustancias psicoactivas en espacios concurridos por niños, como colegios y parques.
Esta medida de las alcaldías contrasta con la postura expresada por el presidente Gustavo Petro, quien firmó el Decreto 2114 el 7 de diciembre de 2023, derogando el Decreto 1844 de 2018, que otorgaba a las autoridades la potestad de intervenir ante el microtráfico en espacios públicos.
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Junto con otras 22 administraciones locales, la de Cartagena emitió el Decreto 0062 de 2024, que regula, entre otras cosas, el consumo de drogas en espacios públicos. El sexto artículo de este decreto establece que “no debe interpretarse como una habilitación para portar o tener sustancias psicoactivas ilícitas o prohibidas, en el espacio público; en consecuencia, las autoridades deberán proceder a su incautación y destrucción conforme a los procedimientos legales reglamentarios, previstos en el Decreto Nacional 1844 de 2018″, decreto que ya está derogado.
Además, la normativa de Cartagena menciona que el consumo estará prohibido “en las Zonas Seguras y en el perímetro de 100 metros lineales definidos contiguas a estas, no se permitirá el consumo y porte de sustancias psicoactivas, inclusive la dosis personal, durante las veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana”.
Al respecto, el secretario del Interior de Cartagena, Bruno Hernández, expresó que con esta disposición buscan “preservar y garantizar la seguridad de los niños y niñas en la Heroica” y que esto solo es una respuesta a los “intereses de los cartageneros”.
El decreto que prohíbe consumo de drogas sería inconstitucional
Sin embargo, la ONG Temblores, que ha realizado un seguimiento a 23 decretos correspondientes a diferentes ciudades que regulan el consumo de drogas en espacios públicos, habló con Infobae Colombia y expresó su preocupación al respecto, especialmente por el decreto de Cartagena. Según Temblores, este decreto es abiertamente inconstitucional y sus sanciones se basan en el derogado Decreto 1844, lo que genera un conflicto jurídico.

“El Consejo de Estado declaró la nulidad parcial al decreto que imponía el decomiso y la sanción a través de multas de las sustancias incautadas, luego, este gobierno lo derogó”, explicó a este medio Alejandro Lanz Sánchez, codirector ejecutivo de Temblores. Agregó que es “muy preocupante” que un alcalde no conozca la normatividad vigente y la expirada para construir sus decretos de alcance local.
“Además, ponen en una situación a las autoridades públicas como la Policía en el no cumplimiento de la ley”, puntualizó Lanz. Sobre esto mismo se refirió Julián Quintero, director de Échele Cabeza, quien dijo a Infobae Colombia que “otorgarle esa función a la Policía, como en el decreto Iván Duque, fue lo que lo hizo tan peligroso y dio paso a que se prestara para abusos de autoridad”.

Otro de los errores que señala Quintero es que el consumo, según disposiciones de la alta corte, no puede ser sancionado per se; esto solo es posible cuando representa una violación a la sana convivencia.
“La única manera de solucionar esta controversia es que exista un acuerdo desde diferentes sectores para la utilización del espacio público en el que se respeten los derechos de todos, con primacía los de los niños”, apunta Julián Quintero.

La restricción casi total del consumo de drogas no siempre es explícita pero sí tácita
Si bien la última sentencia de la Corte obliga a proteger a los niños niñas y adolescentes en entornos seguros, lo cierto es que también resuelve que las entidades territoriales protejan a los consumidores atendiendo al libre desarrollo de la personalidad.
“Hasta el momento ninguno de los decretos ha permitido una zona para el consumo; mientras que algunos sí confunden tres conductas: el expendio de sustancias, que es un delito; con el porte y consumo, que no lo es”, indica Lanz. Puntualmente, la ONG Temblores ha expresado que solo los decretos de Medellín, Cúcuta y Bucaramanga no prohíben el porte; todos los demás sí lo hacen.

Uno de los puntos en los que coinciden Quintero y Lanz es que las restricciones son tan disparejas en cada ciudad que estas disposiciones dan paso a confusión. “Cuando son áreas metropolitanas, por ejemplo, en el caso de Medellín y Envigado, los separa una calle y eso se va a prestar para muchos errores”, dice Quintero; quien añade que fue un error de la Corte dejar estas regulaciones a disposición de las administraciones locales.
Incluso, explicita el director de Échele Cabeza, “habrá in vaivén político, esto va a depender de la orientación política del gobierno de turno, cada vez que llegue un nuevo gobernante va a cambiar”.
La controversia persiste en torno a cómo abordar la problemática del consumo de drogas en espacios públicos, destacando las tensiones entre las autoridades locales y la política nacional. Mientras los alcaldes buscan medidas más restrictivas, algunas organizaciones de la sociedad civil instan a una revisión de los decretos para garantizar su constitucionalidad y respeto a los derechos fundamentales.
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