
Los arriendos de vivienda en Colombia para 2024 experimentarán un aumento que no podrá exceder el 100% del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
Este ajuste es conforme a lo estipulado en el artículo 20 de la Ley 820 de 2003, con la que se expidió el régimen de arrendamiento de vivienda urbana y se dictan otras disposiciones y se aplica a los inmuebles urbanos destinados a vivienda.
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El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) anunció que el IPC de 2023 cerró en un 9,28%, estableciendo así el tope para el incremento en los cánones de arrendamiento para este año. Por ejemplo, un arriendo que actualmente cueste $1.000.000, tras cumplirse un año del contrato, podrá incrementarse hasta un máximo de $1.092.800.
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El incremento de los arriendos debe respetar ciertas condiciones legales, entre ellas, que solo es procedente al cumplir 12 meses del contrato de arrendamiento firmado. Además, según el artículo 18 de la misma ley, el valor mensual del arrendamiento debe ser expresado en moneda legal y no puede superar el 1% del valor comercial del inmueble.
Es obligación del dueño del inmueble notificar al arrendatario el valor del aumento y la fecha de inicio del nuevo canon con antelación. Las notificaciones sobre ajustes en el arrendamiento deben hacerse por medio del servicio postal autorizado o mediante un mecanismo de notificación personal establecido en el contrato.
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Por otro lado, los arrendadores tienen la obligación de expedir un comprobante escrito que detalle los pagos del arrendamiento; en caso de no hacerlo, el arrendatario puede pedir la intervención de la autoridad competente.
Esta documentación es crucial tanto para la transparencia como para ofrecer garantías de que el proceso se hace conforme a la ley. La normativa busca proteger tanto al arrendador como al arrendatario, asegurando que cualquier ajuste se lleva a cabo de manera equitativa y bajo los términos acordados.

Aumento en los precios del arriendo
El periodista de datos de Fincaraíz.com.co, Cristian Mora, anotó que en un reciente estudio se pudo determinar que el Índice de Precios de la Propiedad Residencial (Ippr) calculado por el Dane a partir de la Base Catastral de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (Uaecd) y de las transacciones reportadas por la Superintendencia de Notariado y Registro, muestra en el segundo trimestre de 2023 un aumento de los precios de la vivienda nueva y usada de 6,6%. Un año atrás el crecimiento fue de 5,36%, lo que equivale a un aumento de 1,1 puntos porcentuales.
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Y en cuanto a las viviendas en arriendo, según los datos del IPC del Dane (arriendos efectivos), en junio de 2023 la variación anual de los precios para casas y apartamentos fue de 6,4%, por encima de la registrada un año atrás de 3,3%, con una diferencia de 3,1 puntos porcentuales.
“Es imperativo tener en cuenta la Ley 820 del 2003, establece que el aumento del canon de arrendamiento en Colombia no debe superar el valor del IPC del año inmediatamente anterior. Con esto se busca proteger a los inquilinos de incrementos excesivos”, indicó Mora.

Las ciudades con arriendos más costosos
La escalada en precios de arriendos de viviendas en Colombia registró aumentos significativos durante el primer trimestre de 2023, reflejando variaciones anuales del 7% en casas y un 6,7% en apartamentos. Estas cifras representan un doble aumento en comparación con el año anterior. Las ciudades con mayores alzas son Barranquilla, Medellín, Bogotá y Cartagena.
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Barranquilla encabeza la lista con un incremento del 7,8% en el costo de arriendo de casas entre enero y marzo de 2023, seguida de Medellín con un 7,5% y Bogotá y Cartagena con un 7,3%.
En cuanto a apartamentos, Cartagena presenta la mayor subida con un 8,2%, aunque aún no alcanza el tope máximo histórico de 13,12%. Estos crecimientos, que no han sido uniformes en todas las regiones, empiezan a generar preocupación en el mercado inmobiliario.
Recomendaciones para tomar un contrato de arrendamiento
Fedelonjas hizo varias recomendaciones para tener en cuenta a la hora de tomar un contrato de arrendamiento:
- No haga acuerdos de palabra. Siempre haga un contrato por escrito. Entre más claras estén las condiciones del negocio, menos inconvenientes tendrán las partes.
- Al recibir o entregar haga un inventario detallado del estado de cada espacio con sus anexidades y registro fotográfico. Este inventario será muy útil al finalizar el contrato, pues debe entregarse en el mismo estado que se recibió, incluyendo la pintura.
- Si incluye los servicios públicos, fije un tope de consumo para que los costos sean equilibrados.
- Elija siempre un profesional inmobiliario para que le ayude a encontrar al arrendatario con la solvencia económica y moral que, además de pagarle cumplidamente, mantenga en buen estado el inmueble.
- Si es arrendatario, elija una firma inmobiliaria profesional que le ofrezca un inmueble acorde a sus necesidades y donde el propietario respete sus derechos y el contrato pactado.
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