
El debate por el porte y uso de la dosis mínima de sustancias psicoactivas se ubicó en el primer plano de la política nacional. El senador Inti Asprilla explicó las razones por las que se derogó un protocolo instaurado por Iván Duque para impedir el porte de dosis mínima y señaló que no buscan afectar a los niños y adolescentes.
La discusión sobre el porte de sustancias psicoactivas se tomó la plenaria del Senado de la República, donde el congresista Asprilla salió en defensa del nuevo enfoque que busca instaurar el Gobierno nacional para el tratamiento del problema, en el que se han tomado decisiones claves como la derogatoria del decreto.
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En su intervención, Asprilla explicó que el Código de Policía expedido por el Congreso en 2016 no contó con medidas específicas de protección para los menores de edad frente a las drogas. Ante ese vacío, el entonces senador Rodrigo Lara impulsó una ley que prohibía el porte y el consumo en áreas como parques públicos y en alrededores de colegios.

La norma fue aprobada y según Asprilla contó con su apoyo. “Quienes defendemos las libertades consagradas en la Constitución de 1991, que entendemos que la dosis mínima es un derecho constitucional, en su momento y aún lo hacemos, dijimos que era absolutamente racional prohibir el porte de sustancias psicoactivas en los parques y alrededor de los colegios”, señaló.
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Esa ley fue objeto de una sentencia de la Corte Constitucional (C-127 de 2023) en la que se declararon exequibles varias expresiones como el porte, consumo, en parques, señalando que solo es posible la restricción cuando afecte los derechos de los niños, niñas o adolescentes en los espacios públicos.
En la sentencia también se le ordenó al Gobierno nacional para que expida un protocolo que regule la actuación de la Policía para limitar el consumo de sustancias psicoactivas en el espacio público, únicamente cuando haya presencia de menores de edad. Ese procedimiento deberá proteger también los derechos de los consumidores y sin ninguna posibilidad de arbitrariedad.
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Para atender esa solicitud, el presidente Petro derogó el decreto 1448 de Iván Duque que reñía desde su expedición con la los derechos de los consumidores, por lo que profundizaba en la tensión entre las garantías fundamentales de ambos tipos de personas en el espacio público.
“Es un decreto, a mi modo de ver, inconstitucional porque vuelve una contravención constante, sin ninguna distinción el porte de sustancias psicoactivas, incluso el de la dosis mínima”, señaló el senador Asprilla respecto a la decisión del presidente Petro.
Sin embargo, el congresista también le llamó la atención al ministro de Justicia, Néstor Osuna, porque le faltó “pericia”. Según Asprilla, la derogación de la normativa debió ir acompañada paralelamente con la expedición del protocolo que permita aplicar la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en los espacios públicos, sin que haya arbitrariedad sobre los consumidores.
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Estos protocolos deberán contar con ajustes por parte de los concejos y alcaldías municipales para delimitar las áreas de aplicación de la restricción. Un detalle por el que Asprilla también cuestionó a la mandataria capitalina. “Alcaldesa Claudia López, no basta simplemente con sacar titulares y frases rimbombantes diciendo que Colombia es potencia mundial del crimen; usted tenía que delimitar los polígonos, no lo hizo y ya no lo va a alcanzar a hacer”, señaló.
El senador señaló que es posible conciliar la protección de los consumidores y de los menores de edad, además de reconocer que es un riesgo que se presente consumo en la niñez o la adolescencia, porque las consecuencias son más devastadoras.
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“Que lo entiendan de una vez por todas, defendemos las libertades de los individuos, no nos gusta la arbitrariedad y también defendemos a los niños y a los adolescentes de este país”, concluyó Asprilla en su intervención en el Senado.
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