
Con el Decreto 1907 del 10 de noviembre de 2023, los colombianos de las familias más vulnerables podrán acceder de forma gratuita a programas de pregrado en las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. El documento, que entró en vigor desde su firma, el 10 de noviembre, amplía la implementación de la política del Estado de gratuidad en la educación superior.
Para poder acceder a este nuevo beneficio, se advierte en el decreto, se debe estar en condición de vulnerabilidad según la clasificación del Sisben IV “o la herramienta de la focalización que haga sus bases”. El decreto también establece los “requisitos, beneficios, causales de pérdida de beneficios, fuentes de financiación y la competencia para expedir reglamentos específicos, entre otras disposiciones”.
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Con el decreto en firme, se buscará cubrir el “100% del valor de la matrícula académica de los programas de formación técnica, profesional, tecnológica y profesional universitaria; sin incluir otros créditos académicos”.
¿De dónde van a salir los recursos?
En el decreto se advierte que la fuente de financiación para garantizar la gratuidad en la matrícula son los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados a las Fuerzas Militares y a la Policía Nacional. Estos serán destinados al área de Educación del Ejército Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aeroespacial Colombiana y la dirección de Educación Policial de la Policía Nacional. También se abre la puerta a buscar otras fuentes de financiación “y/o programas del Gobierno nacional, entidades territoriales o a través de programas de cooperación internacional” y aclaran: “Sin que se sustituya la fuente principal”.
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El valor de la matrícula que se cubrirá ahora, con la firma del decreto, será por “el número de periodos de duración de los programas académicos de formación inicial técnica profesional, tecnológica y profesional universitaria” y se aclara que “en ningún caso” se “financiará periodos adicionales a los establecidos por el programa académico” que curse la persona beneficiada y tampoco los “que por pérdida u otra situación deba repetir el estudiante”.
Ahora el Ministerio de Defensa deberá, según ordena el decreto, expedir y mantener “actualizados los reglamentos que regirán la operación, implementación, sostenibilidad, gradualidad, así como las condiciones y fechas de giro de los recursos a las instituciones de Educación Superior de la Fuerza Pública”. También se aclara que estos reglamentos deberán ser adaptados y adecuados a las necesidades internas de cada una de las Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
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Los requisitos
- Ser colombiano.
- Estar matriculado en uno de los programas de pregrado mencionado (técnico, tecnológico o universitario).
- Pertenecer a las familias más vulnerables socioeconómicamente con clasificación del Sisbén IV o la herramienta de focalización que haga sus veces.
- No tener título profesional universitario ni de posgrado de cualquier institución.
- Cumplir los demás requisitos de ingreso inherentes a la carrera militar y policial.
Quienes cumplan con estos requisitos, prevé el decreto, serán beneficiados “únicamente del cubrimiento del 100% del valor de la matrícula académica”, sin incluir otros créditos académicos o cobros complementarios. Estos costos adicionales que deriven del proceso de educación serán asumidos por el beneficiario. El valor de la matrícula será el que fijen según la normativa interna de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
El decreto, que firmaron el presidente Petro, el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, y el ministro de Defensa, Iván Velásquez, se puede leer completo a continuación:
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