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Por quitarle parte del salario a integrante de su UTL fue condenada la exrepresentante Argenis Velásquez

La excongresista fue condenada a 10 años y 8 meses de prisión, con inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas

Excongresista Argenis Velásquez Ramírez
De acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, Nohora Mercedes Rojas Benavides, quien laboró en la Unidad de Trabajo Legislativo de Argenis Velásquez Ramírez, le pagó a la citada excongresista hasta $25.600.000 - crédito Colprensa
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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó la exrepresentante a la Cámara Argenis Velásquez Ramírez por haberle pedido dinero de su salario a un miembro de su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL).

El alto tribunal encontró a Velásquez Ramírez como responsable del delito de concusión continuado, por lo que fue condenada a 10 años y 8 meses de prisión.

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Los hechos se remontan a un escrito anónimo en el que se daba cuenta que Velásquez Ramírez había “constreñido a los funcionarios de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) asignados a su despacho, para que mes a mes le entregaran a su esposo la mitad del salario devengado por ellos, abusando de su cargo y poder político”, según señala el fallo de la Corte Suprema de Justicia.

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De acuerdo con la sentencia, Nohora Mercedes Rojas Benavides, que laboró en la Unidad de Trabajo Legislativo de la citada excongresista, indicó en su declaración que Edwin Harvey Chávez Jojoa, esposo de la aforada, por orden de esta, en febrero de 2016 le solicitó entregar mensualmente parte de su salario, una vez estuviera vinculada laboralmente a dicha UTL.

Según la acusación de la Fiscalía, Velásquez conocía a Rojas desde 2014 y le ofreció trabajo en el Congreso de la República entre marzo de 2016 y febrero de 2017, como asesora en temas de mujeres, niños y jóvenes.

“Me dijo que ella veía pues en mí la persona adecuada por mi experiencia, por mi preparación académica y por mi visión social”, dijo Rojas en su declaración, en la que aseguró que no tenía más remedio que entregar el dinero para mantener su trabajo.

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Así, Rojas Benavides se vinculó formalmente a la UTL desde marzo de 2016, cuando Chávez le exigió la suma de $3.200.000.

Dicha petición continuó hasta octubre, ascendiendo a $25.600.000 la suma total entregada, cifra que obtuvo Argenis Velásquez Ramírez, hasta cuando Rojas Benavides le manifestó a Chávez Jojoa que no seguiría aportando el porcentaje de dinero exigido, siendo declarada insubsistente mediante la Resolución 060 de 24 de enero de 2017.

La declaratoria de insubsistencia es un acto mediante el cual se retira del servicio a un funcionario público como forma de cesación del ejercicio de funciones públicas.

Para la Corte Suprema de Justicia quedó claro que Argenis Velásquez “olvidó así que los miembros del Congreso representan al pueblo y han de actuar consultando la justicia y el bien común, conforme con el mandato consagrado en el artículo 133 de la Constitución Política, a cambio dirigió su voluntad para sus fines personales al exigir sumas dinerarias a una de sus dependientes”.

Al encontrar probada esta conducta, la Sala Especial de Primera Instancia también impuso a la excongresista Velásquez 8 años de inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas, una multa de 99.98 salarios mínimos y una indemnización por más de $57 millones a la afectada.

Finalmente, el alto tribunal le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena privativa de la libertad y la prisión domiciliaria.

En enero de 2023, la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia que absolviera a la exrepresentante de los delitos acusados.

El Ministerio Público argumentó, en ese momento, que Nohora Mercedes Rojas Benavides solo reclamó ante lo sucedido cuando fue declarada insubsistente, y puso en duda su testimonio ante la Corte. “No hay en su testimonio una afirmación contundente a través de la cual le haya encarado para reclamarle sobre esa exigencia de dinero indebida”, señaló el alto tribunal.

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