Cuántos ‘quemados’ habrá el próximo 29 de octubre

Algunos, aunque no queden elegidos, tendrán la opción de ocupar un cargo, gracias al Estatuto de la Oposición

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El CNE actualizó los valores
El CNE actualizó los valores que se pagarán por reposición de votos - crédito Registraduría Nacional del Estado Civil

A 17 días de que se abran las urnas y 38.965.515 personas, que según la Registraduría Nacional del Estado Civil están habilitadas, salgan a ejercer su derecho al voto para elegir alcaldes, gobernadores, diputados, concejales municipales y ediles en las localidades, los candidatos aprovechan los últimos días de campaña para poder convencer a más personas.

La entidad, encargada de organizar las elecciones, confirmó que para las territoriales de 2023 se inscribieron 251 candidatos para el cargo de gobernador, 3.894 para las Asambleas Departamentales, 6.175 para alcaldías, 106.429 para Concejo y 15.804 para las Juntas Administradoras Locales (JAL).

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Teniendo en cuenta esos datos oficiales, podría concluirse que muchos serán los quemados el 29 de octubre de 2023, después de las 4 de la tarde.

En los departamentos se elegirán 32 gobernadores, por ello, al haberse presentado 251 candidatos, el número de perdedores en esta contienda será de 219 ‘quemados’.

En el caso de quienes se presentan para asambleas departamentales, a donde solo podrán ingresar a los puestos de diputados 418 personas, habrá 3.476 políticos que se quedarán con las ganas de ostentar esa dignidad.

Para concejos municipales, que es al cargo al que más hay personas, el cupo es para 12.072 concejales. 94.357 se quedarán con las ganas de trabajar en la corporación pública de su municipio o ciudad, de 106.429 que se postularon.

En cuanto a los alcaldes municipales, hay puesto para 1.102 candidatos. De 6.175 que se presentaron, se quedarán 5.073 con las ganas de administrar el sitio donde residen o nacieron.

Finalmente, para ediles, hay cupo para 6.513. De un total de 15.804 que quieren llegar a la JAL, 9.291 no lo podrán lograr.

¿Cuánto recibirán los electos y no electos que alcancen a aplicar a la reposición de votos?

Esta pregunta se la hacen muchas personas, quienes con calculadora en mano suman, restan, multiplican y dividen, para saber con cuánto se quedan a la final sus candidatos favoritos y a los que les hicieron oposición.

La resolución 672 de 31 de enero de 2023, emitida por el Consejo Nacional Electoral, actualizó los valores de reposición de votos para las elecciones territoriales de este año.

El CNE en la resolución actualizada en su artículo 1 resuelve que “el valor de reposición por voto válido obtenido por los candidatos a cargo de gobernador y de las listas que se inscriban para asambleas en el año 2023, por concepto de financiación estatal de campañas electorales, en la suma de cuatro mil quinientos noventa pesos ($4.590) moneda corriente”.

En el mismo sentido, en su artículo 2 dice que “el valor de reposición por voto válido obtenido por los candidatos a cargo de alcalde y de las listas que se inscriban para concejos municipales y distritales en el año 2023, por concepto de gastos de financiación de campañas, en la suma de dos mil setecientos sesenta y seis pesos ($2.766) moneda corriente”.

Según esta información oficial, quienes son candidatos para gobernación y asambleas recibirán 4.590 pesos por voto, mientras que quienes se lanzaron a concejos o alcaldías 2.766 pesos por voto.

El reajuste que tuvo el pago de cada voto respecto a lo que se daba en 2022 fue del 13,12%, pues el año anterior por gobernación o asamblea se daba 4.058 pesos, y por alcaldías o concejos municipales 2.445 pesos.

Para que los candidatos puedan pedir reposición de votos deben cumplir, dependiendo del cargo, unos requisitos que establece el CNE.

En el caso de quienes se presentan para corporaciones públicas, “tendrán derecho a financiación estatal, cuando la lista obtenga el cincuenta (50%) o más del umbral determinado para la respectiva corporación”.

Mientras que quienes se presentan a gobernadores o alcaldías, siempre y “cuando el candidato obtenga el cuatro por ciento (4%) o más del total de votos válidos depositados en la respectiva elección”.

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