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El Gobierno nacional ya tiene listo el decreto con el que iniciará la reparación económica a las familias de los muertos, desaparecidos y perseguidos que dejó el genocidio contra los integrantes del partido Unión Patriótica (UP): que, según cifras de organismos como la Corporación Reiniciar y el Centro Nacional de Memoria Histórica, dejaron 6.528 víctimas.
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En el documento de ocho páginas, revelado por Blu Radio, y firmado por el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, se establecen siete artículos con los cuales se pretende adelantar este proceso. En el que uno de los pasos fundamentales es definir los lineamientos básicos para la comisión que constatará el parentesco de las víctimas con los reclamantes.
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Este decreto se estableció en cumplimiento de los numerales 25 y 38 de la sentencia del 27 de julio de 2022, proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), que condenó al país al pago de millonarias indemnizaciones para reparar a los familiares de las víctimas de la persecución sistemática que se efectuó desde 1984, y por más de dos décadas.
“Las personas listadas podrán aportar a esta comisión las pruebas y documentos que acrediten su condición, conforme a lo establecido en la sentencia “Integrantes y militantes de la Unión Patriótica vs. Colombia” (de la Cidh) u acorde a los procedimientos que defina esta comisión”, se leyó en el decreto.
Dicha comisión estará compuesta, según el mencionado medio, por un representante del Estado, otro de la parte involucrada en la sentencia y uno más de la Cidh.
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¿Qué ordenó el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos?
El fallo de la Cidh dejó en claro que el Estado es responsable de la “violación de los derechos a la libertad de expresión, libertad de asociación y políticos, la vida, integridad personal y libertad” de los miembros de este partido; por lo que, a través de la Unidad para la Reparación de las Víctimas, ha reconocido a la UP como sujeto colectivo de reparación.
Por tal motivo, conminó al Gobierno a pagar 55.000 dólares a cada víctima o familia de desaparición forzada; 30.000 dólares a padres, hijos y compañeros permanentes de quienes hayan sido víctimas de esta práctica; y 10.000 dólares a hermanos y hermanas de las víctimas.
El referido fallo también determinó que se pagaran 35.000 dólares a las familias de quienes fueron objeto de ejecuciones extrajudiciales, al igual que 20.000 dólares a las víctimas de tortura y 5.000 dólares a víctimas de tentativas de violación del derecho a la vida, además de la integridad personal, detenciones arbitrarias y amenazas, aparte de demás conductas.
“La Corte pudo comprobar que la violencia sistemática contra los integrantes y los militantes de la Unión Patriótica, se manifestó a través de actos de distinta naturaleza como desapariciones forzadas, masacres, ejecuciones extrajudiciales y asesinatos, amenazas, atentados, actos diversos de estigmatización, judicializaciones indebidas, torturas, desplazamientos forzados, entre otros”, se precisó en el fallo.
Es válido resaltar que la UP se constituyó como organización política en el territorio colombiano el 28 de mayo de 1985, esto como consecuencia del proceso de paz adelantado en Uribe (Meta) entre el secretariado de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) y el Gobierno, que a la postre resultó fallido en su intención.
Sobre el particular, es válido destacar que la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene abierto el macrocaso No. 006, denominado Victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP) por parte de agentes del Estado.
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