La reforma tributaria del Gobierno de Gustavo Petro, que entró en vigencia en enero de 2023, trajo consigo nuevos impuestos para las empresas de Colombia. Uno de ellos está en el artículo 51 de la ley y es denominado ‘Impuesto sobre plásticos de un solo uso’.
El mismo deja claro que se aplica para productos plásticos de un solo uso que son utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. Sin embargo, existe una gran confusión respecto a su aplicación, dado que la ley no especifica claramente quién debe cobrar y pagar el impuesto: si es la empresa que fabrica o importa el producto plástico (ya sea empaque, envase o embalaje) o el cliente (es decir, la empresa que emplea el empaque, envase o embalaje, que podría ser una compañía de alimentos, bebidas, aseo, cosméticos, entre otros).
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Entonces, al no ser claro quién debe cobrar y pagar el impuesto, hay una gran confusión en los mercados. Por eso, esta situación se complicó, pues la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) emitió un concepto en enero de 2023, en el cual se concluye que quien debe cobrar y pagar el impuesto es el fabricante del producto plástico. Sin embargo, ante una demanda de nulidad de esos conceptos, el Consejo de Estado decidió suspender esa interpretación de la administración tributaria.
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Así las cosas, el impuesto entró en vigencia desde que se sancionó la ley en diciembre pasado y, a la fecha, no hay claridad cuál es el proceso para cobrar, aprovisionar y pagar.
Al respecto, el presidente ejecutivo de la Asociación Colombiana de Industrias Plásticas (Acoplásticos), Daniel Mitchell, habló con Infobae Colombia e hizo varias aclaraciones, teniendo en cuenta que se trata de un tema novedoso para el sector en Colombia.
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De acuerdo con él, el primer pago, según lo establecido por el Ministerio de Hacienda, se debe hacer en febrero de 2024, lo que tiene en vilo a las empresas que deben pagarlo, debido a la falta de claridad.
Mitchell advirtió que si las empresas no tienen claridad sobre quién debe cobrar el impuesto, existe un riesgo considerable de quiebra. Por ejemplo, si en febrero, según la interpretación de la Dian, se determina que una empresa debe pagarlo y no ha hecho la provisión correspondiente, enfrentaría dificultades significativas, dado que el impuesto corresponde al 20% del valor de las ventas del producto, una tasa considerablemente alta. Debido a esta confusión, no está claro para las empresas cómo proceder.
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Impuesto inconstitucional
Para Mitchell, el impuesto es inconstitucional porque hay falta de certeza. Además, calificó la situación como preocupante, ya que no se sabe qué va a pasar en un futuro.
El presidente de Acoplásticos enfatizó que están en riesgo empleos y empresas con la decisión que se tome.

Como ejemplo, Mitchell indicó que las empresas productoras del bien plástico son cerca de 1.000, por lo que el riesgo es bastante alto.
El presidente de Acoplásticos también apuntó que el impuesto no tuvo una concertación total, pese a que hubo diálogos y debates. Además, agregó que se tomaron algunas consideraciones para destacar, como la certificación de economía circular, las metas de reciclaje sobre las cuales no se paga el impuesto y algunas exclusiones y demás. Sin embargo, sí sugirieron al Gobierno nacional y al Congreso de la República ajustar los elementos del tributo para evitar la confusión que se tiene hoy en día.
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