
El 1 de agosto a las 9:31 a. m. inició la audiencia de imputación de cargos contra Nicolás Petro, y su exesposa, Day Vásquez, luego de que fueran capturados el 29 de julio por la Fiscalía General de la Nación, esto como producto de las denuncias hechas por Vásquez, que afirmó que el hijo del mandatario colombiano había recibido dinero de exnarcotraficantes y políticos cuestionados durante la campaña de Gustavo Petro en 2022.
Durante la audiencia liderada por el fiscal Mario Andrés Burgos Patiño, a Nicolás Petro le fueron imputados los cargos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito, mientras Daysuris del Carmen Vásquez fue acusada de blanqueo de dinero y violación de datos personales, a lo que ambas personas se declararon inocentes.
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Mientras el proceso continúa, una de las cuestiones que más inquieta a la opinión pública del país es conocer cuánto tiempo podría pagar en una hipotética condena el hijo del presidente de la República, Nicolás Petro, al que el fiscal Mario Burgos señaló de haber gastado más de mil millones de pesos en seis meses, cifra que no coincide con el sueldo que tiene como diputado en el Atlántico.
“Nicolás Petro obtuvo un incremento patrimonial injustificado. Solo tenía un ingreso por ser diputado de la asamblea departamental del atlántico y para justificar los gastos que usted realizaba tenía que ganarse 200 millones de pesos. Yo creo que todos nos haríamos diputados”, fueron las palabras del fiscal.
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Al respecto, el exdirector de Finanzas Criminales de la Fiscalía Andrés Jiménez afirmó que, en caso de ser hallado culpable, Nicolás Petro podría recibir una condena de entre 10 y 30 años de prisión, sin embargo, esto dependerá del material probatorio que sea presentado por la Fiscalía General de la Nación.
“Son delitos financieros bastante complejos que requieren de una carga probatoria muy importante… En los últimos meses, la Fiscalía ha recogido material probatorio para presentarle al juez y sustentar las afirmaciones que está haciendo”, señaló Jiménez en entrevista con CM&.
De la misma forma, el lavado de activos, que es uno de los crímenes que le fueron imputados al hijo del mandatario, tiene condenas económicas que van de 1.000 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Mientras que el delito de enriquecimiento ilícito también establece multas que podrían ser de hasta el doble del dinero recibido, ya que que es por esto que se genera el incremento patrimonial no justificado.
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Nicolás Petro habría recibido 1.000 millones de pesos
Day Vásquez, la exesposa de Nicolás Petro, fue quien señaló al hijo del presidente Gustavo Petro de haber recibido 1.000 millones de pesos por parte del exnarcotraficante Samuel Santander Lopesierra, que es conocido como el Hombre Marlboro, y de Alfonso ‘El turco’ Hilsaca Eljaude, dinero que a pesar de haber sido entregado con el objetivo de llegar a la campaña presidencial de Gustavo Petro, habría sido tomado por Nicolás.
Sin embargo, a pesar de ser la persona que reveló los detales del escándalo protagonizado por el hijo mayor del presidente, Day Vásquez también podría terminar en prisión, ya que, de acuerdo con el fiscal Mario Burgos, la barranquillera habría participado en el blanqueamiento del dinero recibido por Nicolás Petro, para que este tuviera una apariencia de legal, esto cuando las dos personas aún eran pareja: “Ayudó a blanquear los bienes y desarrolló varias actividades para darles la apariencia de legalidad”.
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De la misma forma, a Day Vásquez le fue imputado el delito de violación de datos, señalando que la exesposa de Nicolás Petro había tomado el teléfono celular de Laura Ojeda (hoy pareja del diputado) para verificar que estas dos personas la estaban engañando.

¿En qué consiste el delito de violación de datos?
Este delito está descrito en el artículo 269 F del Código Penal, allí se señala como culpable a la persona que obtenga, compile y divulgue códigos personales, datos personales o bases de datos de otra persona; por lo que los chats de WhatsApp entre Day y Nicolás que la mujer compartió durante una entrevista también harían parte del material probatorio.
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“El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, señala el artículo del Código Penal.
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