
La Secretaría Distrital de Hacienda destacó que el viernes 14 de julio vence el último plazo asignado por la administración para el pago, sin descuento ni intereses de mora, del impuesto vehicular. En el caso de los contribuyentes de la obligación vehicular, la fecha límite será el 28 del mismo mes.
De acuerdo con la dependencia, los contribuyentes que excedan las fechas dispuestas por la administración, o que simplemente no generen el pago de la responsabilidad, serán sancionados con intereses por mora sobre las facturas y declaraciones.
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Además, la secretaría destacó que, con corte al 6 de julio de 2023, el distrito alcanzó el 91% de la meta en el pago del impuesto predial, lo que equivale a un recaudo de 3,9 billones de pesos; la dependencia espera que 545.000 propietarios más efectúen el pago de dicha responsabilidad.
En cuanto al impuesto vehicular, la entidad registró un recaudo de 957.000 millones de pesos, lo que equivale al 88% de la meta proyectada. La secretaría precisó que están pendientes un poco más de un millón de propietarios de automotores para realizar el pago de la obligación.
El secretario de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez, destacó que con esas cifras se confirma la buena cultura tributaria de la ciudad, lo que permite apalancar los programas sociales, económicos, de infraestructura, entre otros.
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“Esta administración ha podido destinar recursos a 19 Manzanas del Cuidado, al apoyo con transferencias monetarias a más de 800.000 hogares pobres y vulnerables, a la construcción de infraestructura de transporte, a la construcción o ampliación de siete hospitales, de 42 colegios terminados o en ejecución y al acceso de 60.000 estudiantes a educación posmedia”, explicó el funcionario.
Así puede realizar el pago de los impuestos: vehicular y predial
El pago de esta responsabilidad tributaria se pueden efectuar en línea, de manera rápida y segura, ingresando a la Oficina Virtual dispuesta en la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Una vez los contribuyentes ingresen al portal, podrán acceder al menú del impuesto predial, descargar la factura correspondiente al año gravable y seleccionar el botón de pagos online (PSE).
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En el caso de los contribuyentes que se inscribieron al pago por cuotas del impuesto predial, las fechas para cumplir dicha responsabilidad fueron distribuídas de siguiente manera:
- Pago cuota 1: 9 de junio.
- Pago cuota 2: 4 de agosto.
- Pago cuota 3: 6 de octubre.
- Pago cuota 4: 1 de diciembre.
Cómo realizar el pago del impuesto predial y vehicular de años anteriores a 2023, con descuento
La dependencia explicó que los poseedores de predios o de vehículos automotores con obligaciones en mora, de años anteriores, y con necesidad de hacer válido el pago, deben solicitar los recibos oficiales de pago (ROP) en los puntos de atención presencial o a través de la página web de la secretaría, los cuales se expedirán a nombre de quien figura como obligado del predio.
Para llevar a cabo el proceso del pago del impuesto en mora, los contribuyentes deben estar previamente registrados en la plataforma destinada por la Secretaría de Hacienda para el trámite en cuestión.
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Si el contribuyente no se encuentra registrado, debe ingresar a la nueva Oficina Virtual a través de la opción “Regístrate aquí” e iniciar el proceso con un correo electrónico y una clave.
Una vez se haya registrado, debe digitar el usuario y la contraseña para acceder al botón de “Contribuyente”. En la barra superior encontrará la pestaña “Consultas” y posteriormente deberá seleccionar “Obligaciones Pendientes” para detallar la información de las obligaciones pendientes a la fecha.
Pasos para descargar y realizar el pago de los impuestos
La Secretaría de Haciendo explicó que a través del siguiente paso a paso los contribuyentes con mora podrán hacer el pago de la responsabilidad con un descuento tributario del 50%, en los intereses.
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- Ingresar al portal de la Secretaría de Hacienda.
- Acceder a la oficina virtual y acceder con su usuario y contraseña.
- Una vez hayan ingresado a la opción de obligaciones, el sistema le solicitará el tipo de impuesto a generar el pago.
- El sistema le va a relacionar en una tabla cada una de las vigencias que se encuentra en deuda.
- A su vez, la tabla detallará que los valores se encuentran aplicados con el beneficio del 50% de descuento.
- El contribuyente debe generar un Recibo Oficial de Pago para cada una de las vigencias que se encuentran en mora.
- Tenga presenta las fechas al momento de descargar el ROP, ya que al ser años anteriores el sistema solo habilitará cinco días para el cumplimiento de la obligación.
La Secretaría de Hacienda precisó que según la aplicación del artículo 91 de la Ley 2277 de 2022, que establece reducción en la tasa de interés del 50% sobre obligaciones tributarias, será para aquellos contribuyentes que se encuentren en mora al 13 de diciembre de 2022.
Finalmente, la dependencia aclaró que los contribuyentes podrán aprovechar el beneficio pagando la totalidad de sus obligaciones, es decir, realizando la cancelación del ciento por ciento de la obligación de la deuda por cada periodo de liquidación.
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