
Este impuesto es un cargo que los colombianos deben pagar al Estado según el monto de los ingresos, bienes, compras, consumos, consignaciones y transferencias del año anterior en este caso (2022). El impuesto varía para las personas naturales ya sean empleados o independientes.
Para que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) calcule cada uno de estos dineros se debe hacer la declaración de renta que consta de la información que se le proporciona a esa entidad para que ella suministre al usuario cuánto debe pagar basándose en su información financiera.
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Las personas naturales que cumplan alguna de las siguientes condiciones deberán declarar renta en este 2023; que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000, los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sea igual o superior a $53.206.000, los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000, el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000 o que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000.

Cómo hacer el proceso
- Inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) y actualizar la información.
- Registrar la responsabilidad (5): impuesto sobre la renta y complementario, régimen ordinario.
- Ingresar a los servicios en línea de la DIAN y activar la firma electrónica o generarla para el cumplimiento de obligaciones, operaciones y trámites.
- Diligenciar todos los documentos requeridos para la declaración de renta.
- Hacer el pago correspondiente.

Guía para la declaración de renta para persona natural
- Ingresar a la página www.dian.gov.co ubicar el menú transaccional y dar clic en la opción ‘Usuario Registrado’.
- Cuando se despliegan varias opciones se opta por ‘A nombre propio’, se diligencian cada uno de los campos y se ingresa al portal.
- Se debe ubicar en ‘Diligenciar y presentar formulario 2010′, seleccionar el año en el que se presenta y dar clic en crear.
- Responder cada una de las preguntas de la plataforma y dirigirse a la esquina inferior derecha un botón naranja con un (+) seleccionar y luego guardar.
- Firmar la declaración de renta, si cuenta con firma electrónica se puede anexar seleccionando el botón ‘firmar’ y luego ‘autorizar’.
- Generar una clave dinámica que va a llegar al correo electrónico que se registró en la sección ‘Comunicados del Portal Transaccional’.
- Ingresar la clave dinámica en el campo correspondiente.
- Escribir la contraseña y dar clic en la opción firmar. Al finalizar el proceso de la firma electrónica se presiona el botón naranja y luego se selecciona ‘presentar’.
- Tras hacer el cargue de documento el sistema informará al usuario que el documento está presentado, nuevamente se selecciona el ícono (+) y se puede acceder al PDF del formulario que se envió con la marca de agua ‘recibido’.
- En el caso de las personas que no tienen firma electrónica: seleccionar la opción PDF del documento definido e imprimir dos copias en una impresora láser y firmar la declaración.
- Es importante tener a la mano una copia del RUT para hacer la presentación y para hacer el pago en la entidad bancaria autorizada.
Para resolver otros interrogantes de la declaración de renta la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales comparte este material multimedia para los interesados en hacer efectiva la declaración del presente año.
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Documentos requeridos para la declaración
- Copia del certificado de inscripción en el RUT debidamente actualizado.
- Declaración o estado de cuenta, de impuesto predial de los bienes inmuebles que posea.
- Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos.
- Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.

Es necesario tener en cuenta los plazos para declarar y pagar renta porque esto dependerá de los últimos dos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), el cual es asignado por la DIAN para identificar a los contribuyentes. De ahí que, las personas naturales podrán ejecutar de forma oportuna su declaración de renta entre el 9 de agosto hasta el 19 de octubre de 2023, según su NIT.
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