
Ante la Corte Constitucional se presentó una tutela con el objetivo de evitar la participación de los niños, niñas y adolescentes en eventos de la Fuerza Pública para así proteger la vida de los menores de posibles riesgos. Según la tutela, se solicita al Ministerio de Defensa que deje de llevar a cabo acciones cívico-militares, especialmente en áreas afectadas por el conflicto armado, porque esto podría exponer a los menores de edad a peligros, puesto que el Ejército sigue siendo objetivo de confrontaciones militares.
En la acción se sustenta el peligro de que los niños estén presentes en eventos como el que ocurrió en 2021 cuando el Ejército Nacional adelantó actividades con menores en el departamento de Arauca. También se cita que en 2022, en el mismo lugar la Policía estableció la primera patrulla escolar y se informó sobre la supuesta presencia de policías y militares en aulas de clases en Boyacá.
Por ello el magistrado Jorge Ibáñez, de la Corte Constitucional, considera relevante analizar esta tutela, tomando en cuenta los argumentos presentados, para que se determine si existe una posible violación de los derechos de los menores de edad y si la participación en estas actividades los expone a represalias o ataques.

Medidas tomadas por acciones cívico militares en zonas con niños
Debido a la crisis humanitaria del Arauca que puso en el centro de discusión a los menores de edad que han sido víctimas de grupos armados ilegales y que se han visto afectados por las acciones de las Fuerzas Militares, el primero de diciembre del 2022 se ordenó al Ejército suspender acciones cívico militares en zonas con niños. Esto por medio de un fallo de tutela que emitió el Juzgado 21 de Ejecución de Penas que ordenó a MinDefensa y al comandante del Ejército Nacional “la suspensión inmediata de acciones cívico-militares, donde se registre la participación de niños, niñas y adolescentes”.
Para la fecha se ordenó también que el Ejército Nacional se abstuviera “de manera inmediata de implicar a niños en actividades militares, como las visitas escolares a bases militares o los actos militares en las escuelas en el departamento de Arauca o en cualquier zona de conflicto”
Esta tutela fue entablada por la Fundación Regional de Derechos Humanos Joel Sierra y la corporación jurídica Humanidad Vigente, quienes han denunciado en reiteradas ocasiones las afectaciones contra los menores por cuenta del conflicto armado. Ejemplo de ello fue el 22 de noviembre del 2022 cuando la Policía Nacional capturó en Saravena a dos adolescentes de 16 y 17 años de edad que portaban una granada, y que varios padres de familia habían denunciado el rapto de sus hijos a manos de grupos ilegales.
También en las redes sociales se conocieron denuncias difundidas por El Espectador en donde padres de familia denunciaron el rapto de varios menores de edad del municipio de Saravena para la fecha y usando estos canales solicitaron a los captores el respecto por sus vidas y la garantía del retorno a sus núcleos familiares con garantías.
Según el comunicado de la Asociación Amanecer de Mujeres por Arauca. “El 30 de noviembre, el Eln publicó un comunicado donde informa que dos de los menores de edad están en su poder y que los pondría en libertad a través de una comisión humanitaria. Al día siguiente, 1 de diciembre, mediante un video se muestra a los menores de edad manifestando que les ofrecieron dinero y además los amenazaron con asesinarlos a ellos o a sus familias, para que lanzaran granadas (...) Uno de los jóvenes denuncia que anteriormente había sido vinculado a labores de inteligencia por un miembro de la Sijin en Yopal”.
En el documento también se menciona que “estas prácticas de violencia contra los niños, niñas y adolescentes que los involucra directamente en el conflicto armado y pone en inminente riesgo su vida, integridad y libertad, no son nuevas, pues en reiteradas ocasiones hemos denunciado como durante los últimos veinte años, a través de programas oficiales como los soldados campesinos, soldados por un día, actividades cívico militares en las instituciones educativas y parques recreativos, se infringen gravemente las normas y principios del Derecho Internacional Humanitario, principalmente las de especial protección que ellos merecen”.

Algunos de las razones del fallo
El Juzgado de penas resaltó que las pruebas presentadas por los demandantes no fueron controvertidas por el Comando del Ejército Nacional ni la cartera de Defensa. Asimismo, cuestionó que se permitiera el ingreso de uniformados a instituciones educativas, así como el hecho de que en las actividades cívico militares no se cuente con la vigilancia del (ICBF), la Procuraduría ni la Defensoría del Pueblo. Por todo ello en el fallo se ordenó a la Gobernación del Arauca que “se inicien las acciones necesarias para la vigilancia y garantía de los derechos fundamentales de los menores de edad que habitan ese territorio”.
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