Roy Barreras: Consejo Nacional Electoral y la Procuraduría señalan que el político no incurrió en doble militancia

El Consejo de Estado había afirmado que el presidente del Senado había incurrido en doble militancia, por lo cual debía alejarse de su curul en el Congreso de Colombia

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Foto de archivo. El presidente del Senado de Colombia, Roy Barreras, atiende una entrevista con Reuters en Bogotá, Colombia, 15 de julio, 2022. REUTERS/Luisa González
Foto de archivo. El presidente del Senado de Colombia, Roy Barreras, atiende una entrevista con Reuters en Bogotá, Colombia, 15 de julio, 2022. REUTERS/Luisa González

Tras el señalamiento del Consejo de Estado de doble militancia del presidente del Senado, Roy Barreras, dos entidades del Estado se refirieron al caso, y destacaron en sus apreciaciones que el senador no incurrió en esa falla, por lo que no estaría obligado a dejar su curul en el Congreso de la República de Colombia

Una de esas entidades fue el Consejo Nacional Electoral (CNE), quien remitió un concepto señalando el porqué el senador no había violado ninguna normativa sobre el tema.

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“Aplicar la restricción de doble militancia en el caso en concreto, conduciría a una vulneración del art. 23 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, en la medida que la decisión de expulsión tomada por un partido no obliga a la renuncia de la curul”, dijo la CNE.

Otra de las entidades que defendió al Roy Barreras fue la Procuraduría General de la Nación (PGN), quien también dijo debido a su expulsión del Partido de la U en 2020 no estaba obligado a renunciar a su curul.

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“Como consecuencia de la expulsión del senador Barreras Montealegre de la militancia en el Partido de la U el 9 de octubre de 2020, este ‘perdió' el condicionante u obligación de renunciar a su curul (...) desapareció el elemento de la militancia que le imponía la condición de lealtad con su cuerpo político”, señaló la PGN.

Aún se desconoce el paso a seguir de Roy Barreras para defenderse de la acusación de doble militancia por parte del Consejo de Estado, pero a la vista no aparece una posible demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Roy Barreras no interpondrá una tutela en contra de la decisión del Consejo de Estado

Luego de conocerse el fallo del Consejo de Estado en el que se declaró la nulidad de la elección de Roy Barreras como congresista, uno de los escenarios posibles de apelación era que el todavía presidente del Senado presentará una acción de tutela. Sin embargo, el propio legislador dio a conocer que no presentará tal acción y que respetará la decisión del alto tribunal.

Durante el domingo 7 de mayo, Barreras dijo que acatará el fallo; incluso, reconoció que tenía contemplado dejar su cargo antes de finalizar la primera legislatura. “Yo pensaba renunciar el 22 de mayo, porque le había dicho al presidente Gustavo Petro que lo acompañaría un año”, dijo el congresista. De paso, descartó su aspiración a la Gobernación de Valle del Cauca y a la Alcaldía de Cali; y si bien se enfocará en las elecciones de octubre, precisó que lo hará desde su partido La fuerza de la paz.

En ese sentido, dijo que uno de sus principales objetivos es impulsar a los candidatos que se inscriban a esa colectividad de cara a la jornada electoral que se llevará a cabo en el último trimestre de octubre.

Cabe mencionar que, de acuerdo con el tribunal y los demandantes de la acción que terminó en la nulidad de su elección, Barreras Montealegre debió renunciar a su curul 12 meses antes de la fecha en que se llevaron a cabo las inscripciones para las elecciones del Congreso correspondientes al periodo 2022 - 2026.

Concretamente, estos últimos advirtieron que la elección de Barreras constituía una violación del artículo 2 de la Ley 1475 del 2011 que indica: “Los candidatos que resulten electos, siempre fueren inscritos por un partido o movimiento político, deberán pertenecer al que los inscribió mientras ostenten la investidura o cargo, y si deciden presentarse a la siguiente elección por un partido o movimiento político distinto, deberán renunciar a su curul al menos 12 meses antes del primer día de inscripciones”.

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