Estos son los congresistas del Pacto Histórico que podrían perder su curul por doble militancia

Hay varios miembros del movimiento del Gobierno que estuvieron haciendo campaña al presidente Gustavo Petro en medio de la consulta interna mientras pertenecían a partidos que tenían su propio candidato

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Varios congresistas del Pacto Histórico
Varios congresistas del Pacto Histórico podrían llegar a perder su curul si se les demuestra doble militancia

Hace unos días se dio a conocer que la decisión del Consejo de Estado de mantener la suspensión provisional contra el senador César Pachón, por supuesta doble militancia. El proceso fue levantado contra el político debido a que en campaña le hizo proselitismo al presidente, Gustavo Petro en la consulta interna del Pacto Histórico, pero este pertenece al Movimiento Alternativo Indígena y Social -MAIS- y en ese momento, este tenía aspirantes propios ha dicho cargo.

En la decisión, el tribunal recordó lo que señala la ley sobre esto y mencionó que no se refiere solo si dos partidos están compitiendo de forma separada, sino que aplica con las consultas internas: “La doble militancia en el ordenamiento jurídico colombiano tiene su génesis en el Acto Legislativo 01 de 2003, que modificó el artículo 107 de la Constitución Política, al prever que en ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político con personería jurídica. Dicho acto también dispuso que quien participara en las consultas de un partido o movimiento político o en consultas interpartidistas, no podía inscribirse por otro en el mismo proceso electoral”.

Este artículo y la decisión que Consejo de Estado se ha convertido en un antecedente para los miembros del Pacto Histórico, pues hay otras demandas por el mismo hecho y otros personajes visibles podrían ser demandados en los próximos días por haber caído en el mismo error político.

Entre los que ya fueron demandados y se encuentran con el proceso activo, pero que no han recibido una respuesta por parte del ente, es Wilson Arias. El congresista es parte del Polo Democrático Alternativo, partido que para las consultas internas del Pacto le dio el aval político a la vicepresidenta Francia Márquez, por lo tanto, debía apoyar a la mandataria; sin embargo, en ese momento le hizo campaña al hoy presidente Petro y que fue avalado por el movimiento del que es fundador, Colombia Humano.

Pero no son los únicos caso, como mencionó la revista Semana, pese a que aún no han sido demandados, algunos de los senadores y representantes del movimiento de Gobierno corren el riesgo de que sean demandados por el mismo motivo, pues en campañas varios incurrieron en el mismo ejercicio.

Por ejemplo, el mismo caso de César Pachón, es el de María José Pizarro y presidente de la Cámara, David Racero, que fueron avalados por el Movimiento Alternativo Indígena y Social -MAIS- pero que finalmente durante la campaña que se hizo por las votaciones internas abiertamente apoyaron la candidatura de Gustavo Petro.

Asimismo, en el caso del presidente del Senado, Roy Barreras, que fue avalado por el Movimiento ADA, que tenía como candidato a Alfredo Saade, pero durante todo el proceso hizo una fuerte campaña a la candidatura del hoy mandatario de la Nación.

Modalidades de doble militancia

1. Cuando un ciudadano pertenece simultáneamente a más de un partido o movimiento político.

2. Asimismo, si una persona participa en las consultas de un partido político, y se inscribe por otro movimiento en el mismo proceso electoral.

3. Si una persona que pertenezca a una corporación pública y quiere presentarse a la siguiente elección, no renuncia a la curul al menos 12 meses antes del primer día de inscripciones.

4. Es importante recordar que las personas que se desempeñen en cargos de dirección, gobierno, administración o control dentro de los movimientos políticos, que apoyar candidatos distintos a los inscritos por el partido o movimiento político al cual se encuentren afiliados, caen en doble militancia.

5. Las personas que sean los directivos de los partidos y movimientos políticos que aspiren ser elegidos por elección popular por otro partido y deseen formar parte de los órganos de dirección de estas deben renunciar al cargo 12 meses antes de postularse, aceptar la nueva designación o inscribirse.