
La Ventanilla Única de Servicios, herramienta de la Secretaría de Movilidad para adelantar trámites de movilidad y tránsito, dio a conocer los requisitos para la cancelación de la licencia de tránsito por decisión del propietario o por otros conceptos (pérdida total).
La herramienta de atención al ciudadano de movilidad resaltó que el trámite mediante el cual se cancela la licencia de tránsito de un vehículo permite al distrito dar de baja al vehículo del Registro Nacional Automotor.
La persona que esté interesada en realizar este trámite debe de tener en cuenta los valores de las tarifas dispuestas para 2023, para este procedimiento el costo tiene un valor de $21.000 para carro, moto, maquinaria agrícola, de Construcción e industrial autopropulsada, remolques, semiremolques e importación temporal.
Requisitos para solicitud de cancelación
La Ventanilla Única de Servicios precisó los requisitos que debe cumplir los conductores para tramitar la cancelación de la licencia de conducción:
- Las personas naturales o jurídicas deben estar debidamente inscritas en el sistema RUNT.
- Presentar el documento de identidad original: para nacionales mayores de edad cédula de ciudadanía, física o digital, o contraseña; para menores de edad tarjeta de identidad o contraseña y para extranjeros mayores de edad deben disponer de cédula de extranjería o contraseña certificada o pasaporte vigente.
- Diligenciar debidamente el Formulario de solicitud de trámite.
- Contar con el documento de paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.
- Pago de los derechos del trámite, en los puntos de atención de las ventanillas del banco autorizado por la entidad de Movilidad.
- Pago de impuestos sobre vehículos automotores, los cuales se validarán en la página de la Secretaria Distrital de Hacienda. La ventanilla sugiere aportar el comprobante de pago físico.
- En el caso de ser persona jurídica la ventanilla verificará existencia y representación legal en el sistema RUES.
Cabe resaltar que, cuando el trámite por adelantarse ante un organismo de tránsito se realiza a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial.
“A través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública”, resaltó la Ventanilla Única de Servicios.
- Entrega de licencia de tránsito y de las placas.
- El vehículo debe estar al día en sus obligaciones tributarias de los últimos cinco años. Excepto para trámites de remolques y semirremolques; trámites habilitados para maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada importada temporalmente por sustitución del importador (matrícula, traspaso, cancelación).
Casos especiales
Casual cancelación originada por la decisión voluntaria del propietario de desintegra su vehículo:
- Certificación de la revisión técnica de la DIJIN.
- Certificación expedida por la empresa desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte y cargada en la plataforma RUNT.
Casual de cancelación por destrucción total o pérdida total del automotor originado en un accidente de tránsito:
- Informe Policial de Accidente de Tránsito (IPAT) debidamente cargado en la plataforma RUNT.
- Registro fotográfico del accidente de Tránsito tomado en el sitio de los hechos.
- Certificación técnica de la DIJIN en la que se detallen las características de identificación del vehículo.
- Concepto técnico sobre el daño que “amerita la declaratoria” de la destrucción total emitido por perito de la compañía aseguradora.
Causal de cancelación por perdida definitiva, hurto o desaparición documentada:
- Certificación emitida por la autoridad judicial en la cual se indique que se desconoce del paradero final del automotor.
- Presentación de la denuncia instaurada ante la autoridad competente por el hurto del vehículo.
Finalmente, la Secretaría de Movilidad explicó que el tiempo que debe transcurrir desde la denuncia instaurada, por la pérdida del vehículo, para que este se declare pérdida definitiva es de un año.
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