Nequi, Daviplata y otras plataformas digitales financieras sí podrán aplicar al beneficio tributario: Dian

Las aplicaciones están sujetas al reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables

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Las plataformas como Nequi y Daviplata sí tendrán el beneficio tributario de reconocimiento fiscal.
Las plataformas como Nequi y Daviplata sí tendrán el beneficio tributario de reconocimiento fiscal.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) se volvió a referir a las plataformas digitales financieras como Nequi y Daviplata en Colombia.

Esto se dio unos días después de que la entidad emitiera un documento, respondiendo a una consulta ciudadana, en el cual detalló que los depósitos de bajo monto no podían acceder a unos beneficios tributarios que existen en la ley. Es decir, no les permitía a las plataformas como Nequi, Ualá y Daviplata reconocer costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables.

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No obstante, la Dian ajustó su normativa relacionada con las transacciones de plataformas como Nequi y Daviplata. Así lo confirmó la asociación de empresas Colombia Fintech, que el pasado jueves 9 de febrero, emitió un comunicado en donde señalaba que se cambiaría la norma, de tal modo que no se afectaría a dichos productos financieros.

“En días pasados, se había sacado un concepto que limitaba algunos beneficios tributarios que luchaban en contra del efectivo y que favorecían a jugadores como Nequi, Daviplata y Ualá; sin embargo, esto se cambió luego de un trabajo conjunto entre Colombia Fintech, la Dian y la Superintendencia Financiera”, aseguró Gabriel Santos, presidente de Colombia Fintech.

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De esta forma, se reconsideró el mecanismo y, ahora, los movimientos hechos por plataformas como Nequi y Daviplata sí permiten reconocer costos, deducción, pasivos e impuestos descontables. En la práctica, de acuerdo con Santos, más allá de beneficiar a las fintech, esto beneficiará al usuario final que utiliza estas plataformas financieras.

Según el nuevo concepto emitido por la Dian, el beneficio que existe en la ley busca desestimular el uso de efectivo en Colombia, y para esto son clave este tipo de plataformas. Además, señala que es necesario que el sistema se actualice, teniendo en cuenta que, cuando salió la norma, estas aplicaciones no existían en Colombia.

“Es imperativo considerar la evolución de las operaciones, es decir, reconocer la modernización y simplificación de las transacciones financieras a lo largo de los años”, señala la Dian en el comunicado.

Así pues, las plataformas como Nequi, Ualá y Daviplata sí podrán aplicar al beneficio tributario y cruzarse en la declaración de renta. Entre estos se encuentran pagos a contratistas, servicios de restaurante, transporte, servicios públicos y compra de materias primas, por mencionar algunos.

Ante esto Nequi emitió un comunicado en el que aclara que sí existe dicho reconocimiento fiscal.

“Los pagos que se realicen a través de los depósitos de bajo monto, como lo es Nequi, sí son considerados un medio de pago para efecto del reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables”, aseguró la plataforma.

Cabe resaltar que, con esto la Dian busca lograr una mayor inclusión financiera y fomentar la formalización, pues al ser medios de pago diferentes al efectivo que implican un contrato de depósito con entidades sujetas a vigilancia y que se encuentran debidamente regulados por el régimen financiero, se garantiza la trazabilidad, transparencia, control y eficiencia que propende la disposición.

“Así que invitamos a todas las personas para que cuenten con Nequi para pagar y recibir su nómina, y para acompañarlos a manejar su plata en el día a día”, dijo la aplicación.

Hay que recordar que el 23 de enero se anunció la medida que beneficia a millones de usuarios de las distintas plataformas. “Este despacho considera que los pagos que se efectúen a través de los depósitos de bajo monto y los depósitos ordinarios, tanto los ofrecidos por las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos, como por los establecimientos de crédito, están sujetos al reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables” dijo la Dian en el comunicado.

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