Facultades extraordinarias del presidente en el Plan Nacional de Desarrollo son dictatoriales: María Fernanda Cabal

Según la senadora del Centro Democrático, el texto incluye 10 de estas figuras en las que el mandatario expedir normas vía decreto

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Presidente Gustavo Petro desde Santander. Foto: Andrea Puentes- Presidencia de la República
Presidente Gustavo Petro desde Santander. Foto: Andrea Puentes- Presidencia de la República

Ya se compartió el borrador del proyecto de Plan Nacional de Desarrollo, una de las principales iniciativas por las que apostará el Gobierno nacional en el Congreso de la República. De los puntos que más preocupó a la oposición son las múltiples facultades extraordinarias que se contemplan para el presidente Gustavo Petro.

“De acuerdo con el borrador que se conoce del Plan Nacional de Desarrollo, Petro pretende que se le otorguen facultades extraordinarias, hasta por 6 meses en 10 artículos. Esto es dictatorial. Pretenden derogar la función del Congreso. No se lo concederemos”, anunció la senadora opositora, María Fernanda Cabal.

El primero de los 240 artículos que contempla esa figura, es el 87 que trata sobre el fortalecimiento en materia de seguridad digital. En este se le conceden facultades extraordinarias al mandatario para crear la Agencia Nacional de Seguridad Digital para definir el riesgo y acciones en ese sentido.

La segunda en el artículo 102 le otorgaría poder al mandatario para adelantar “las actividades tendientes a la adquisición, a título gratuito u oneroso, de la infraestructura que corresponde al Hospital San Juan de Dios-Instituto Materno Infantil, la creación de la persona jurídica cuyo objeto será la prestación de servicios de salud o la investigación en salud, y la expedición de las disposiciones orgánicas para su operación”.

En tercer lugar, en el artículo 126 del borrador del PND, se contemplan facultades para que, en los seis meses siguientes a la aprobación del proyecto, el presidente “expida el decreto con fuerza de ley que regule las condiciones especiales de reclusión de los miembros de pueblos y comunidades indígenas”.

Uno de los que más ha llamado la atención aparece en el artículo 132 y sería la cuarta entrega de poderes extraordinarios al mandatario. En este se trata de dejar en sus manos la responsabilidad de “regular los usos alternativos de la planta de coca y el cannabis, para fines medicinales, terapéuticos y científicos de sustancias psicoactivas”.

Cuestionan las facultades extraordinarias del Presidente Gustavo Petro en el Plan Nacional de Desarrollo
Cuestionan las facultades extraordinarias del Presidente Gustavo Petro en el Plan Nacional de Desarrollo

Las quintas facultades se otorgan en el artículo 162 del borrador del proyecto, que tiene el objetivo de que el presidente “expida normas con fuerza de ley para crear una entidad pública cuyo objetivo principal es el fomento de la construcción, mejoramiento y conservación de caminos vecinales o de carácter regional, en el territorio nacional, en cooperación con los Departamentos, Municipios, Intendencias y Comisarías; o con otras entidades oficiales, semioficiales y privadas”.

Las sextas facultades extraordinarias corresponden a que el presidente regule la gobernanza y los regímenes de las entidades públicas de servicios financieros, que pertenecen al Grupo Bicentenario, que fue creada en 2019 bajo esa misma figura de poderes presidenciales. Son 14 entidades con un valor patrimonial de 14 billones de los que 12 corresponden a la nación.

Séptimo, el proyecto concede facultades extraordinarias al presidente para la transición energética. Petro tendría el poder para crear, suprimir, reestructurar, fusionar, escindir, liquidar o integrar empresas de generación, distribución y comercialización del sector eléctrico por seis meses, con el fin de promover e impulsar ese grupo económico en las que tenga participación la nación.

Cuestionan las facultades extraordinarias del Presidente Gustavo Petro en el Plan Nacional de Desarrollo
Cuestionan las facultades extraordinarias del Presidente Gustavo Petro en el Plan Nacional de Desarrollo

También se le otorgan, en octavo y noveno lugar, facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza material de ley dirigidas a modificar funciones y competencias de las Superintendencias de Sociedades y de Industria y Comercio, que contempla beneficios tributarios y busca fortalecer la economía popular y comunitaria.

Por último, las décimas facultades extraordinarias que adquiriría el presidente se contemplan en un parágrafo transitorio para que Petro pueda modificar con decretos con fuerza de ley los programas de Familias en Acción y Jóvenes en Acción.

La senadora Paloma Valencia, también del Centro Democrático, señaló sobre este último parágrafo que ambos programas fueron exitosos, beneficiaron a más de 2,6 millones de hogares y cerca de 400 mil jóvenes, pero “podría llegar a su fin dado que el presidente tendría facultades extraordinarias para modificarlos”.

Cuestionan las facultades extraordinarias del Presidente Gustavo Petro en el Plan Nacional de Desarrollo
Cuestionan las facultades extraordinarias del Presidente Gustavo Petro en el Plan Nacional de Desarrollo

Otro de los que se pronunció en contra, fue el líder de Salvación Nacional, Enrique Gómez. “El Plan de Desarrollo que propone Petro es un calco de lo que hizo durante Chávez en Venezuela: Facultades extraordinarias de 6 meses para hacer básicamente lo que le venga en gana”, sostuvo.