
A propósito del Decreto 0050 del 2023 expedido por el Gobierno nacional, el cual dispone que las tarifas de los peajes administrados por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) no tendrán indexación o incrementos durante el año que comienza, la Cámara Colombiana de la Infraestructura (CCI) hizo varias reflexiones.
Una de ellas es que en el caso de los concesionarios que indexaron el valor de los peajes, antes de que entrara en vigor el mencionado decreto, tal como lo establecen los contratos, varios de ellos ya ajustaron las tarifas con los valores que rigieron durante 2022. De igual forma, precisó que en otros casos específicos, donde la naturaleza de los contratos y la realidad económica de los concesionarios tienen particularidades, se están analizando los caminos que, al amparo de la ley, permitan tomar las decisiones que sean del caso.
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De igual forma, señaló que este modelo de participación privada en el desarrollo de infraestructura, como principal aliada del Estado, permitió dar un salto de enormes proporciones en pro de la modernización de la red vial del país.
Por esto, recordó que durante los últimos 27 años, gracias al modelo de concesiones, el cual se financia con los dineros provenientes del recaudo de los peajes, el propio Estado construyó, intervino y mejoró más de 10 mil kilómetros de carreteras a lo largo y ancho de la geografía nacional.
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La advertencia de Petro
En medio de la polémica generada este lunes porque varios peajes del país subieron el precio de las tarifas, debido a que el Gobierno aún no había expedido el decreto que congelaba su precio, el presidente Gustavo Petro hizo una clara advertencia a las concesiones del país.
Por medio de Twitter, Petro aseguró que las que suban los precios sin autorización recibirán sanciones.
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Lo hizo luego de que el Ministerio de Transporte expidió el Decreto 0050 del 2023, en el que se estableció de manera oficial que no se incrementarán las tarifas de peajes a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías (INVIAS) y de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), durante la vigencia del mismo.
El decreto
Dicho decreto consta de cinco artículos. El segundo de ellos precisa que el Invías y la ANI deberán aplicar los mecanismos pactados en los correspondientes contratos para el reconocimiento de los ajustes de tarifas de peaje a que haya lugar con ocasión del presente decreto.
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En este se anota que la ANI llevará a cabo las gestiones requeridas para que se aporten los recursos correspondientes al Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales.
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