
Este lunes 8 de noviembre, se planteó en la Cámara de Diputados la modificación al Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), esto en virtud de garantizar la igualdad de derechos entre mexicanos, indistintamente de la identidad de género que de forma libre elijan.
Elizabeth Pérez, diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), dijo que el propósito de su reforma es erradicar y eliminar toda forma de discriminación, porque todas las personas deben gozar de los mismos derechos, y el Estado tiene la obligación de garantizar la equidad y la igualdad sustantiva eliminando sesgos y brechas de desigualdad.
Asimismo, la legisladora federal dijo que para poder materializar efectivamente esta intención es indispensable eliminar los prejuicios sociales y culturales que subyacen en efectos negativos tales como los crímenes de odio, erradicando la concepción de que los derechos humanos se encuentran limitados o diferenciados debido a la identidad de género.

Afirmó que las desigualdades son producidas por la idea de la preeminencia de un género o “grupo dominante”, lo cual ha tendido como consecuencia el menoscabo de los grupos considerados como vulnerables.
Afirmó que la reforma al Artículo 4 atiende a que el Estado mexicano, como eje rector de las normas nacionales, debe proveer las condiciones para que todas las personas encuentren el pleno desarrollo y ejercicio de su persona e identidad, sin que ello le imponga algún estereotipo o discriminación.
Al tratarse de una reforma constitucional, la iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la de Diversidad, para opinión.

Cabe recordar que dicho artículo constitucional es el que promueve las garantías individuales de las y los mexicanos y, al mismo tiempo, encomienda al Estado mexicano para garantizar que así ocurra.
Por ejemplo, en el artículo 4 constitucional se especifica que toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos, también se garantiza la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, la protección de la salud. También enmarca el derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, el derecho al agua potable, el derecho a la vivienda digna y decorosa.
Asimismo, en virtud de lo articulado por la perredista, el artículo citado estipula que “toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento”. Cabe destacar que en algunos estados de la república, el registro puede ser modificado de acuerdo al género que elija el ciudadano sin que esto altere su acceso al ejercicio de los derechos que tiene de ley.
Finalmente, cabe recordar la lucha que se ha realizado por parte de diversos grupos sociales que han buscado que la ley actúe de manera imparcial sin importar el género al que se adscriben. Dicha queja nace en un contexto histórico de discriminación que inhibe la inclusión social de individuos funcionales en México, así como su sano desenvolvimiento entre sus semejantes.

Otro punto a destacar es que la Comisión de Diversidad en la Cámara de Diputados promovió dos acuerdos para ser sometidos a consideración de las y los integrantes de esa instancia legislativa para que hagan sus aportaciones correspondientes y, en su caso, suscriban con estas propuestas.
La primera de ellas promueve incluir en la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE) la especificación de orientación sexual y/o género autopercibido por el ciudadano, esto con la intención de promover un espacio institucionalizado incluyente a la comunidad LGBTTTIQ+.
En un segundo plano, Salma Luévano Luna, diputada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y presidenta de la comisión, propuso cambiarle el nombre a dicha instancia a “Comisión de Diversidad Sexual”.
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