
En medio del proyecto del Buen Fin, el próximo lunes 16 de noviembre no darán servicio los bancos en el país, debido a que se trata de un día oficial no laborable a nivel nacional, informó la Asociación de Bancos de México (ABM).
Sin embargo, algunas sucursales bancarias si abrirán sus puertas al público en algunos centros comerciales o supermercados en un horario establecido.
Además, de acuerdo con el calendario de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNVB), hay al menos tres días de descanso para los bancos lo que resta del 2020, pues no abrirán sus puertas al público durante un día de noviembre y dos en diciembre.
A pesar de que algunos días no son considerados como feriados u oficiales, sí serán tomados por los empleados bancarios como fecha de descanso.

¿Cuáles son los días no laborables para los bancos en lo que queda del año?
*Lunes 16 de noviembre: fecha que se recorre por la conmemoración de la Revolución Mexicana.
*Sábado 12 de diciembre: Día del Empleado Bancario, por lo que no abrirán algunas sucursales bancarias.
*Viernes 25 de diciembre. Navidad.
La ABM recordó que los clientes podrán mantener sus operaciones con apoyo de una red de al menos 49,000 cajeros automáticos establecidos en el país.
También tendrán la opción de realizar procedimientos a través de la banca móvil y telefónica, la cual opera las 24 horas durante los 365 días del año.
La Bolsa Mexicana de Valores tampoco estará operando el siguiente lunes 16 de noviembre, ni los días antes marcados como de asueto para las instituciones financieras.
Pese a los cambios en el año, es importante mencionar que algunas instituciones sí abren los días sábado, pero con un horario reducido (depende del tipo de sucursales o bancos).
En ese sentido, llamó a la población a mantener las medidas necesarias para evitar contagios por COVID-19, enfermedad que ha impactado fuertemente en México.
Es importante recordar que, los días festivos obligatorios o feriados, son considerados como fechas no laborables y deben pagarse al triple. Pueden ser tomados por todos los empleados con goce de sueldo.

No abren las oficinas públicas, por ejemplo, y tampoco hay clases a nivel nacional.
Mientras que los días de asueto, son considerados como no laborables en algunos empleos, debido a la importancia de la festividad como el Día de Muertos, o Día del Empleado Bancario, fecha establecida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), para sus trabajadores.
Durante los días de asueto, solamente alguna parte de la población toma ese beneficio de descanso, puede ser como la suspensión de clases, es decir, son celebraciones específicas.
En ese caso, si el patrón pide laborar durante las fechas marcadas como obligatorias, éstos podrán prestar sus servicios, pero tendrán derecho a un pago, independiente de su salario, es decir, se les deberá cubrir el salario normal más el doble, de acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del trabajo.
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