
La Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes las acusaciones del Partido Acción Nacional (PAN) contra el presidente Andrés Manuel López Obrador con motivo de las celebraciones y eventos políticos convocados por el segundo aniversario de su triunfo electoral el pasado 1 de julio.
Las medidas cautelares solicitadas por el PAN, entre las que se encontraba la tutela preventiva, tenían como objetivo detener la emisión de informes y la realización de festejos con presunto uso de recursos públicos, así como la promoción personal del mandatario a través de estas actividades.
En sesión virtual, las consejeras Claudia Zavala, presidenta de la Comisión, Adriana Favela, y el consejero Jaime Rivera, expresaron que no se advirtió “ningún elemento para suponer que la Presidencia de la República desplegó una campaña publicitaria relacionada con el evento y que contravenga el orden jurídico, ya que se está en presencia de un ejercicio de rendición de cuentas, amparado en el derecho a la libertad de expresión y a la información”. La determinación fue tomada por por unanimidad.

Los consejeros del Instituto Nacional Electoral determinaron que el evento “2º año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador” cumplió con las características de un informe de labores. El evento fue considerado un ejercicio de rendición de cuentas mediante el que se informó a la ciudadanía sobre acciones gubernamentales y programas sociales en materia de seguridad, hacienda, corrupción, entre otros.
Sin embargo, la Comisión de Quejas no se pronunció sobre el posible uso de recursos públicos. Señaló que la respuesta a dicha cuestión es competencia de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
De acuerdo con el alegato del PAN, realizado por Víctor Hugo Sondón como representante del partido ante el INE, en las actividades de celebración se incurrió en la promoción personal de un funcionario público. Del presidente de la república, en este caso. La queja remarco que está prohibido que la propaganda gubernamental contenga imágenes, voces o logotipos que cumplan dicha función. En este sentido, Acción Nacional acusó a Andrés Manuel López Obrador de incurrir en violaciones a los artículos 134 de la Constitución y 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El panista Hugo Sondón también refirió que los festejos del jefe del ejecutivo federal buscaron destacar sus logros de gobierno y “su relación con los compromisos de campaña, confundiendo a la ciudadanía al realizar diversas expresiones de carácter político-electoral, con la intención de vincularlas con los próximos procesos electorales.”

Dada la respuesta negativa a las medidas cautelares solicitadas, el PAN podrá recurrir a la Sala Superior del Tribunal Electoral en caso de querer dar seguimiento al tema.
El 1 de julio pasado, Acción Nacional también promovió en redes sociales una campaña titulada “#NadaQueCelebrar” para contrarrestar las celebraciones impulsadas por el partido Movimiento Regeneración Nacional y por los funcionarios de dicho partido electos en 2018. La campaña del PAN integró frases como “Este gobierno va en línea directa al autoritarismo” y “Mucho Bla Bla Bla. Cero resultados”.
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral sesionó este miércoles 8 de julio de forma virtual. Durante la sesión, los consejeros condenaron el asesinato de un funcionario electoral de Nayarit. En otro momento discutieron la actualización del Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y la aprobación de los Lineamientos para actualización de la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero para los Procesos Electorales 2020-2021. En la sesión también se discutió la adecuación de la normatividad institucional en atención a la reforma en materia de violencia política contra las mujeres.
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