Conozca cómo realizar el seguimiento a las peticiones, quejas y reclamos elevadas a la Policía Nacional

La institución detalló la medida de tiempo de investigación que efectúa desde la solicitud accedida por el ciudadano

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Este canal de atención a
Este canal de atención a la ciudadanía permite hacer un seguimiento de las solicitudes realizadas y generar una respuesta. Foto vía: Policía Nacional.

La Policía Nacional explicó el nuevo ‘Estatuto Disciplinario Policial’, establecido en la Ley 2196, el cual contempla un ‘Sistema de Garantías’ que permitirá formular, consultar y hacer seguimiento de las Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS), asimismo como reconocimientos del servicio por parte de la institución.

La Institución resaltó que para generar una PQRS, el usuario deberá ingresar a la página de la Policía Nacional: policia.gov.co, desplegar la sección de ‘Atención y servicio a la Ciudadanía’ y realizar el registro. Posterior a esto, se abrirá un cuadro en el que se deberán aceptar los términos de uso.

Además, los ciudadanos podrán encontrar las solicitudes disponibles con su descripción y tiempos establecidos de respuesta. Al momento de seleccionar la opción, que se ajuste a lo requerido, deberá escoger el tipo de persona que interpone el requerimiento: jurídica, natural, niños, niñas, adolescentes o un registro anónimo.

Cabe resaltar que una vez seleccionado esta opción abrirá un formulario el cual deberá ser diligenciado completamente con los datos personales e información del requerimiento solicitado o a solicitar.

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Al guardar, el solicitante recibirá en pantalla el número de ticket del registro, el cual le permitirá consultar y hacer el seguimiento. Por último, se activará la opción para cargar archivos, hasta cinco documentos que respalden la solicitud.

La institución explicó que para realizar el seguimiento y la consulta en tiempo real a las solicitudes, deberá desplegar nuevamente la sección ‘Atención y servicio a la Ciudadanía’, y elegir ‘Consultar’ una ‘Solicitud’.

Cabe añadir que, el solicitante deberá tener en cuenta el código o ticket, realizar la validación del filtro de seguridad y, por último, la opción ‘Consultar’.

En esta opción encontrará el estado del requerimiento, un temporizador con los tiempos que tiene la institución para dar respuesta y los trámites de acuerdo a la clasificación. Asimismo, podrá visualizar la decisión de la junta evaluadora, la unidad que está realizando el trámite, expediente electrónico junto al estado, etapa y decisión final.

Qué se puede evidenciar en el trámite de requerimientos según la clasificación:

  • Quejas con alcance disciplinario: visualizará la decisión de la junta evaluadora.
  • La unidad de trámite.
  • Número del radicado.
  • Expediente electrónico disciplinarios: Estado, Etapa y Decisión.

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Por otra parte, la Institución Policial explicó la medida de tiempo de investigación de la solicitud accedida por el ciudadano, esto según lo consagrado en el Artículo 213, el cual determina la duración de seis meses de indagación, contados a partir de la decisión de apertura.

Así pues, este término podrá prorrogarse cuando en la misma actuación se investiguen varias faltas o a dos o más servidores y/o particulares en ejercicio de función pública, y culminará con el archivo definitivo o la notificación de la formulación del pliego de cargos.

Cabe agregar que cuando se trate de investigaciones por infracción a los ‘Derechos Humanos’ o al ‘Derecho Internacional Humanitario’, el término de investigación no podrá exceder de dieciocho meses.

Finalmente, la institución explicó que si hacen falta pruebas que puedan modificar la situación jurídica del disciplinable, los términos previstos, en los incisos anteriores, se prorrogarán hasta por tres (3) meses más.

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