
En las últimas horas, ha habido revuelo en el Congreso de la República, tras la denuncia expuesta por parte de algunos sectores de la oposición, en donde señalan que un nuevo proyecto de ley, le permitiría al presidente de la República, beneficiar a algunos presos que hayan sido capturados en el marco de diferentes protestas registradas en el país.
El informe de la ponencia del segundo debate, correspondiente al Proyecto de Ley 160 de 2022 de la Cámara y el 181 del Senado, se resaltan diferentes disposiciones con relación a la denominada política de paz del Estado.
Hay dos artículos de este proyecto que llamaron la atención, pues, por una parte el 16 destaca que el mandatario nacional tendría la posibilidad de designar como promotores de convivencia, a diversas personas que estén privadas de libertad, sin embargo, los beneficiados serían aquellos capturados en medio de manifestaciones; caso tal del paro nacional.
De igual forma, el artículo 17 le daría la posibilidad al presidente de la República de indultar, a diferentes manifestantes que estén en prisión. Añadiendo que el Ministerio de Justicia deberá realizar una lista de todas las personas que estén bajo esta condición, y entregar la misma a máximo dirigente nacional.
Los dos artículos del proyecto señalan:
Artículo 16. Las autoridades garantizarán, conforme a la Constitución y las leyes de la República, el libre desarrollo, expresión y actuación de los movimientos cívicos, sociales y de las protestas populares.
Parágrafo Transitorio. El Presidente de la República podrá designar como promotores de convivencia y participación ciudadana a personas que se encuentran privadas de la libertad por conductas desplegadas en contextos relacionados con el ejercicio del derecho a la protesta social, para lo cual podrá solicitar a las autoridades judiciales competentes la suspensión de la orden de captura o de la medida de aseguramiento. Lo anterior no implica la suspensión o terminación del proceso penal.
El Gobierno Nacional reglamentará lo relacionado con los promotores de convivencia y participación ciudadana.
Artículo 17. Facúltese al Presidente de la República para que, en el marco de la política de Paz Total, pueda otorgar indultos a aquellas personas que hayan sido condenadas por conductas desplegadas en contextos relacionados con el ejercicio del derecho a la protesta social.
Parágrafo. El Ministerio de Justicia y del Derecho deberá entregarle al Presidente de la República el listado de las personas que puedan ser beneficiarias de esta medida.

Frente a esto, desde el uribismo surgieron señalamientos y fueron las cabezas visibles, quienes criticaron el denominado ‘mico’ que podría traer consigo este proyecto. Principalmente, las senadoras Paloma Valencia y María Fernanda Cabal, fueron quienes encabezaron los cuestionamientos y reprocharon esta eventual decisión.
La congresista Paloma Valencia aseveró: “Pretender a través de la ley de orden público darle facultades de indulto y amnistía al presidente Petro para liberar a quienes de la primera línea cometieron delitos es inaceptable. Es el primer mico”.


Cabe resaltar que, precisamente, el presidente Gustavo Petro ha sido señalado por este tipo de asuntos, pues en su posesión como mandatario nacional, le realizó dos solicitudes al Fiscal General de la Nación y la Procuradora; en donde les pedía la libertad de los jóvenes que habían sido capturados en el paro.
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