Comisión de la Verdad presentó el Comité de Seguimiento y Monitoreo a la implementación de sus recomendaciones

La creación de esta instancia fue incluida en el decreto 588 de 2017, que le dio vida a la Comisión de la Verdad, por un periodo de siete años

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El objetivo central de este comité es tener un rol de incidencia para hacer seguimiento a la implementación efectiva de las recomendaciones de la entidad estatal
El objetivo central de este comité es tener un rol de incidencia para hacer seguimiento a la implementación efectiva de las recomendaciones de la entidad estatal

La Comisión de la Verdad presentó el martes 9 de agosto el Comité de Seguimiento y Monitoreo a la implementación de las recomendaciones para la no repetición del conflicto armado que se entregaron al país el pasado 28 de junio, durante la presentación del Informe Final: ‘Hay futuro si hay verdad’.

El objetivo central de este comité es tener un rol de incidencia para hacer seguimiento a la implementación efectiva de las recomendaciones de la entidad estatal. La creación de esta instancia fue incluida en el decreto 588 de 2017, que le dio vida a la Comisión de la Verdad.

A través de este organismo se facilitará la interlocución entre entidades, organizaciones de víctimas y de derechos humanos y servirá para difundir los informes semestrales con los que rendirá cuentas de su gestión.

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Los integrantes del Comité de Seguimiento y Monitoreo son:

Armando Wouriyu Valbuena, secretario de la Instancia Especial del Alto Nivel de los Pueblos Étnicos.

Julia Eva Cogollo, líder afro de la Ruta Cimarrona del Caribe.

Dorys Ardila Muñoz, exiliada y miembro del Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia.

Esther Marina Gallego, coordinadora de la Ruta Pacífica de las Mujeres.

Marco Romero Silva, director de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES).

Wilson de Jesús Castañeda, director de Caribe Afirmativo.

Angelika Rettberg, profesora del Departamento de Ciencia Política de la Universidad de los Andes.

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Los integrantes del comité deben rotarse la presidencia del mismo. Además, se contempla que se sesione al menos dos veces al mes y en este sentido, a los integrantes se les reconocerán honorarios por la asistencia a cada sesión de trabajo, equivalente al salario diario de un comisionado de la verdad durante el último año de funcionamiento de la entidad.

En el decreto que dio vida a este Comité de Seguimiento y Monitoreo se estableció que el periodo de duración es de siete años. El documento final que entregue esta instancia, con sus reportes semestrales y las observaciones finales, “podrá ser traslado a la entidad depositaria del legado de la Comisión, o a aquella que se haya dispuesto legalmente durante el proceso que lleve a cabo esta instancia”, afirma el documento.

En otro apartado del documento se puede leer:

“La operación de esta instancia está garantizada con recursos que provienen del Presupuesto General de la Nación, para lo cual se estableció que será la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) la entidad que recibirá la asignación anual para entregársela a la Secretaría Técnica del Comité, que será la encargada de administrar el dinero. No obstante, el Comité tendrá total autonomía de la JEP en sus decisiones y funciones”.

Entre otras funciones que debe cumplir el comité se encuentran: difundir ampliamente sus informes semestrales, tanto en medios de comunicación nacionales y regionales, como en otros sectores relevantes para que tengan incidencia, definir y desarrollar una estrategia de relacionamiento, interlocución e incidencia con las diferentes entidades, sectores, poblaciones y organizaciones, incluyendo especialmente a las organizaciones de víctimas y derechos humanos.

Estos informes semestrales deberán contar con un enfoque territorial, nacional y de los colombianos en el exilio, y un enfoque diferencial y de género. De considerarlo necesario, el comité podrá rendir informes sobre temáticas específicas relacionadas con su objetivo, mediante previa aprobación por parte de sus integrantes.

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