Cartagena no tendrá pico y placa los primeros días del año

Se vencieron los decretos que regulaban el tránsito en la capital de Bolívar; según el Departamento de Tránsito y Transporte de la ciudad, se espera que en los próximos días se emita la nueva regulación

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Pico y placa Cartagena. Foto:
Pico y placa Cartagena. Foto: DATT

Aunque este primer lunes del 2022 se esperaba que no pudieran transitar las motos con placa terminada en número par y los vehículos con 3 o 4 en Cartagena, la restricción por pico y placa en la ciudad amurallada no está vigente debido a que se vencieron los decretos que la establecieron.

Así lo confirmaron las autoridades de la Dirección de Tránsito y Transporte (DATT) de la ciudad Heroica, quienes expresaron que se encuentran en la expedición de los nuevos decretos para fijar los términos de la rotación y las vías aplicables a la restricción.

Sin embargo, aclararon que los carros particulares y las motocicletas podrán circular libremente por la ciudad, sin restricción. Por lo que los conductores están habilitados para utilizar sus vehículos hasta que se expida la nueva normativa.

“Las medidas de restricción vehicular para automóviles y motocicletas en el Distrito está en trámite, esta semana se expedirá el acto administrativo que contempla rotación, horarios y vías de aplicación. Hasta tanto no surta este trámite, no aplica el pico y placa”, señaló el DATT.

Janer Galván, director del DATT, explicó a la emisora Blu Radio que los decretos 0010 y 0011 del 2021 y se encuentran trabajando en la expedición de los nuevos actos administrativos, para establecer los horarios y rotaciones de la nueva restricción.

Las autoridades de tránsito, sin embargo, no han dado la fecha en la que se expedirán los documentos. Pero se espera que sea en los próximos días, debido a que una situación similar ocurrió en el 2021, de acuerdo con el diario El Heraldo y el documento se expidió a los cinco días del vencimiento.

Cabe aclarar que los decretos vencidos únicamente cobijan el pico y placa para vehículos particular, tanto carros como motos. Por el contrario, la restricción para los taxis continúa vigente y funciona las 24 horas desde las 6:00 am. hasta las 6:00 am. del día siguiente.

Este decreto tiene vigencia hasta el próximo 26 de agosto de 2022 que de acuerdo con la normativa tendrá rotación, según el último número de la placa, así: 1-2 para el día lunes, 3-4 para el día martes, 5- 6 miércoles, 7-8 jueves y 9-0 el viernes.

El decreto 0011 fue expedido en enero de 2021 y estableció el pico y placa para motocicletas, bajo la restricción de acuerdo al último número, par o impar, y la fecha del día. Lo cual restringía la circulación de ese tipo de vehículos entre las 5:00 am. y las 11:00 pm.

Además, no podían circular en horas de la noche y la madrugada hasta el inicio del pico y placa, así como se estableció día sin moto el viernes cada 15 días, el segundo y último de cada mes, lo que también quedará levantado con la suspensión temporal por vencimiento.

En cuanto a los carros, el decreto 0010 estipulaba la restricción durante los días hábiles de lunes a viernes, desde las 7:00 hasta las 10:00 de la mañana, luego nuevamente desde las 5:00 hasta las 8:00 de la tarde. Funcionaba con dos dígitos diarios y rotaban cada trimestre.

El pico y placa fue la principal razón de comparendos de tránsito durante el año 2021. De acuerdo con el DATT, se impusieron 16.014 amonestaciones a conductores por circular por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad.

Así mismo, se impusieron 6.784 comparendos por manejar sin licencia de conducción. Otras 4.965 sanciones por por no realizar la revisión tecnicomecánica en el plazo establecido. Seguido de 4.920 conductores sancionados por mal parqueo y finalmente otros 4.076 comparendos por conducir sin portar los seguros ordenados por la ley como el SOAT.

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