
Cerca de cuatro millones de colombianos deben renovar su licencia de conducción antes de enero del 2024, así quedó establecido en la Ley del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat). Estas personas hacen parte del grupo de ciudadanos que obtuvieron este documento antes del año 2012. Aunque el plazo inicialmente estaba programado para el 2022, se extendió el permiso dos años más. “Era previsible que en 2022 fueran a concurrir 4 millones de personas que al mismo tiempo hubieran tenido que renovar su licencia”, dijo el viceministro de Transporte, Camilo Pabón, al respecto.
”Gracias a esta Ley, las personas contarán con un tiempo adicional para expedir su licencia ante los organismos de tránsito. La invitación es no esperar hasta última hora para renovar este documento”, agregó la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
Lo que se explicó es que los ciudadanos no tendrán que repetir el curso de conducción, pero sí deben realizar, de nuevo, los exámenes de aptitud que dejan en evidencia el buen estado de las capacidades del conductor para seguir certificado para manejar. Estas pruebas, recordó la autoridad, serán expedidas por los Centros de Reconocimiento de Conductores avalados por el Ministerio de Transporte.
La multa por conducir con una licencia suspendida o cancelada asciende a los 238.080 pesos. Tener este documento adulterado sentencia a pagar una cifra de 438.900 pesos.
De acuerdo con la Ley 769 de 2002 y con el artículo 22, modificado por el 197 del Decreto 019 de 2012, se estableció que para los conductores de vehículos de servicio particular, el trámite de renovación de la licencia debe hacerse cada diez años, si la persona tiene menos de 60 años. Si se supera esa edad, el proceso debe hacerse cada cinco. Los mayores de 80 años deben hacerlo anualmente. La licencia de conducción para servicio público, por su parte, debe ser renovada cada tres años.
Ahora bien, el Congreso de la República, a través de la Ley 2161, otorgó una vigencia adicional de dos años, a las licencias que vencen entre entre el 1 y 31 enero de 2022, es decir, hasta el periodo que comprende de la fecha hasta el 31 de diciembre de 2023.
La fecha de vencimiento de las licencias expedidas después del 2010 puede ser consultada en el mismo documento o en el portal del sistema del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt).
El proceso de renovación debe hacerse de manera personal, sin intermediarios. Para realizarlo se solicita el documento de identidad original y no tener comparendos de tránsito vigentes. Los ciudadanos deben acercarse a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) y agendar una cita para realizarse los exámenes físico-mental y de coordinación motriz para conducir.
Es importante recordar que estos tienen un valor económico. El valor del trámite depende de cada organismo de tránsito. De acuerdo con lo estipulado en la ley 1005 de 2006, son las Asambleas Departamentales, Consejos Municipales o Distritales, quienes fijan el sistema y método para determinar las tarifas. Para los exámenes, se debe presentar el documento de identidad original y tener una hora de disponibilidad, como mínimo. El ciudadano no debe asistir en estado de embriaguez o con síntomas o sospechas de estar contagiado de covid-19.
La autoridad de transporte le recuerda a la población que, en caso de presenciar alguna irregularidad en el proceso, es necesario denunciar ante la Superintendencia de Transporte.
“Cuatro millones de personas se hubieran quedado sin licencia de conducción a partir de febrero, lo que seguramente habría causado inmovilización y comparendos de tránsito. Entonces lo que hizo esta ley puede darles un plazo de hasta 2 años más es decir hasta enero de 2024″, agregó el viceministro.
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