
El Gobierno nacional dejó en evidencia su postura frente al suicidio mediamente asistido. De acuerdo con información del diario de El Tiempo, el Ministerio de Justicia, le solicitó a la Corte Constitucional no acoger los argumentos de una demanda que busca que en Colombia sea legal el suicidio médicamente asistido (SMA).
El argumento del Ministerio se basa en que actualmente el Código Penal contempla una pena entre 16 y 36 meses de prisión a quien apoye o induzca a una persona a suicidarse con la intención de poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal grave o incurable. “No puede aducirse que la ayuda al suicidio proteja la vida digna, pues lo cierto es que quien concurra en este delito afecta este bien jurídico”, se lee en la solicitud.
Además, el Estado manifestó que en primera instancia no esta de acuerdo con que se plantee la posibilidad de que cualquier persona pueda llevar acabo este procedimiento. Recordemos que en el país es legal la eutanasia en algunos casos, que es diferente al suicidio asistido, pues en este la persona causa su propia muerte por medio de dosis letales de un medicamento que le provee o formula alguien más.
“La primera (eutanasia) consiste en brindar ayuda efectiva por parte de un profesional médico para poner fin a la vida de la persona, destacando que es el mismo profesional médico quien realiza tal actividad. Diferente situación ocurre en el suicidio asistido, pues es la misma persona quien causa su muerte ayudado por alguien que le proporciona los medios necesarios para hacerlo; esto puede ser brindando asesoramiento de dosis letales de medicamento”, dijo el Gobierno.
Dicho documento fue presentado ante la Corte, pues en el mes de septiembre se dio a conocer que los abogados Lucas Correa y Camila Jaramillo del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), interpusieron una demanda contra el Código Penal que busca legalizar el suicidio médicamente asistido como un derecho fundamental de las personas que padecen alguna enfermedad terminal y no quieren padecer con sufrimientos derivados de ella.
Uno de los argumentos que señaló Carrea en entrevista con RCN Radio, es que a norma, “desconoce el derecho a morir dignamente o a la vida digna y al libre desarrollo de la personalidad al impedir el acceso a una ayuda médica para que las personas que así lo desean, puedan poner fin a sus propias vidas de manera segura, acompañada y protegida”.
Por su parte, Camila Jaramillo, una de las firmantes de la demanda, le manifestó a El Espectador que “queremos que la Corte diga que es inconstitucional castigar a los profesionales de la medicina que prestan una ayuda para que la persona cause su propia muerte. No tiene sentido que en el ordenamiento jurídico sea legal causar la muerte (eutanasia) pero no prestar la ayuda (SMA)”.
Es importante mencionar que esta demanda ya ha sido apoyada por otras organizaciones como la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Legal (Acemi) que anotó que por tratarse de una de las prestaciones para el ejercicio del derecho fundamental a la muerte digna, es “procedente” que la Corte condicione el artículo citado, 107 del Código Penal, de la misma forma como lo hizo en la sentencia C-233 de 2021 en el caso de la eutanasia.
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