Conozca los beneficios que ofrece la DIAN para contribuyentes en mora

Los interesados tendrán hasta el próximo 30 de noviembre para acceder.

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Foto de archivo. Fachada del
Foto de archivo. Fachada del edificio de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en Bogotá, Colombia, 10 de abril, 2019. REUTERS/Luisa González

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que los contribuyentes que se encuentran en mora con el pago de sus obligaciones tributarias podrán acceder, hasta el 30 de noviembre, a varios beneficios contemplados por la Ley 2010 o Ley de Crecimiento, para ponerse al día con sus impuestos.

Las personas podrán ahorrar dinero en el pago de intereses. La entidad explicó que la tasa de moratoria transitoria para el pago de obligaciones resulta más conveniente para el contribuyente, ya que se basará en la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario.

Asimismo, las actividades económicas afectadas por la emergencia sanitaria y los contribuyentes que tengan como actividad económica principal actividades teatrales y espectáculos musicales en vivo, recibirán un tratamiento especial.

Según la Dian, entre enero y septiembre de 2020, 1.176 contribuyentes han logrado obtener facilidad de pago, y también, entre mayo y septiembre 302.519 contribuyentes han aprovechado el beneficio de interés monetario, poniéndose al día con sus obligaciones.

Además, la Dian ha autorizado 2.369 solicitudes de facilidades de pago abreviadas por más de $368 mil millones, a contribuyentes que presentan declaraciones tributarias por los impuestos administrados por la entidad entre el primero de abril y el primero de julio de este año.

<mark class="hl_orange"><b>¿Cuáles son los beneficios? </b></mark>

En primer lugar, si el contribuyente se acoge al beneficio, si el interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario es de 26,76 %, ahora la tasa de interés por mora que será aplicada será del 17,84 %.

Antes del Decreto 688, el tributo para promover el pago permitía que a la tasa de usura máxima certificada se redujeran dos puntos y quedara en 24,76 %.

Además, los beneficiarios tendrán la posibilidad de una conciliación contencioso administrativa, terminación por mutuo acuerdo y principio de favorabilidad en la etapa de cobro.

Por otro lado, las actividades económicas que se vieron afectadas por la pandemia y los empresarios a cargos de actividades teatrales y musicales tendrán una tasa de interés de mora liquidada a tasa de interés diario, equivalente al 50% de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario.

La entidad, ha dispuesto sus diferentes canales de atención para que los contribuyentes obtengan orientación al respecto y puedan acceder a los beneficios.

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