La expansión de la inteligencia artificial hacia ámbitos tradicionalmente reservados al análisis humano llegó al centro del debate legislativo en Ecuador. Un proyecto de reforma al Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) propone crear el primer marco legal específico para regular el uso de estas herramientas dentro del sistema judicial, con el objetivo de aprovechar su potencial tecnológico sin permitir que sustituyan el criterio de quienes administran justicia.
La iniciativa fue presentada en la Asamblea Nacional por la legisladora Mónica Salazar y plantea incorporar un conjunto de normas que definan cómo pueden utilizarse los sistemas de inteligencia artificial en la Función Judicial, cuáles son sus límites y qué responsabilidades asumirán jueces, fiscales, defensores públicos, servidores judiciales y abogados cuando recurran a estas plataformas durante el ejercicio de sus funciones.
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El proyecto parte de una premisa clara: la inteligencia artificial podrá servir como herramienta de apoyo, pero nunca reemplazar el razonamiento jurídico ni la toma de decisiones que corresponden exclusivamente a los operadores de justicia. Bajo esa lógica, cualquier actuación realizada con asistencia tecnológica deberá permanecer bajo supervisión humana y la responsabilidad por su contenido seguirá recayendo en la persona que la suscriba.
La propuesta reconoce que este tipo de herramientas puede facilitar tareas como la búsqueda de jurisprudencia, la clasificación de expedientes, la organización documental o el procesamiento de grandes volúmenes de información. Sin embargo, deja expresamente fuera de su alcance funciones esenciales como la valoración de las pruebas, la interpretación de las normas, la motivación de las resoluciones y la emisión de decisiones judiciales, actividades que continuarían siendo competencia exclusiva de jueces y tribunales.
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Uno de los ejes centrales de la reforma consiste en establecer un régimen de responsabilidades para quienes utilicen inteligencia artificial dentro de los procesos judiciales. Para ello, el proyecto incorpora una nueva prohibición en el régimen disciplinario de la Función Judicial, según la cual constituirá una falta grave utilizar herramientas de inteligencia artificial e incorporar información generada por ellas sin comprobar previamente su veracidad, pertinencia y actualidad cuando ello pueda afectar el ejercicio de las funciones o inducir a error.
La medida alcanzaría a jueces, fiscales, defensores públicos y demás servidores judiciales, quienes seguirían siendo plenamente responsables por las actuaciones que firmen, aun cuando hayan empleado inteligencia artificial durante la elaboración de providencias, informes o resoluciones.
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La reforma también extiende esa obligación a los profesionales del derecho. El proyecto modifica las disposiciones aplicables al ejercicio de la abogacía para establecer que los abogados no podrán presentar escritos judiciales elaborados con información producida por inteligencia artificial sin verificar previamente su exactitud cuando esta pueda inducir a error a las autoridades judiciales. De esta manera, la responsabilidad profesional no desaparecería por el hecho de haber utilizado herramientas automatizadas para elaborar argumentos o documentos.
Además del régimen disciplinario, la iniciativa incorpora una serie de principios que orientarían el uso de inteligencia artificial dentro de la Función Judicial. Entre ellos figuran el control humano permanente sobre cualquier sistema automatizado, la transparencia respecto del uso de estas tecnologías, la protección de datos personales, la confidencialidad de la información procesal, la prevención de sesgos algorítmicos, la seguridad informática, la trazabilidad de las actuaciones y la obligación de rendición de cuentas de quienes empleen estos sistemas.
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La propuesta aparece en un momento en que el uso de plataformas de inteligencia artificial generativa se ha extendido entre profesionales del derecho alrededor del mundo. En distintos países, tribunales y organismos judiciales han debido emitir recomendaciones y protocolos luego de que se detectaran escritos judiciales que contenían citas de jurisprudencia inexistente o información incorrecta generada por estas herramientas, lo que ha reabierto el debate sobre la necesidad de establecer mecanismos de control sin impedir la innovación tecnológica.

En Ecuador, la iniciativa busca precisamente fijar ese equilibrio. El proyecto no prohíbe el uso de inteligencia artificial ni limita el acceso a nuevas tecnologías, sino que establece que su utilización deberá respetar principios de transparencia, confiabilidad y supervisión humana, preservando la independencia de los jueces y la seguridad jurídica de los procesos.
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Al 13 de julio de 2026, la propuesta se encuentra en la fase inicial del trámite legislativo. Una vez calificada por el Consejo de Administración Legislativa, deberá ser remitida a la comisión especializada que elaborará el informe para primer debate. Posteriormente tendrá que superar dos debates en el Pleno de la Asamblea Nacional antes de pasar al Ejecutivo para su eventual sanción u objeción.
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