
Un adolescente de 15 años fue sentenciado a ocho años de internamiento institucional por el asesinato del tío de su novia en el cantón Sigchos, en la provincia andina de Cotopaxi, en un caso que volvió a poner en debate los límites del sistema penal juvenil en Ecuador.
La condena fue obtenida por la Fiscalía General del Estado, que logró demostrar la responsabilidad del menor, identificado con las iniciales V. C., en el homicidio ocurrido el 16 de febrero de 2026 en el sector de Puchuguango.
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Según la investigación, el crimen se produjo en el Parque de la Familia, ubicado en la calle Sigchillas, cuando la víctima y su esposa buscaban a su hija y a una sobrina. En ese lugar se encontraba el adolescente, quien mantenía una relación sentimental con la sobrina del fallecido.
De acuerdo con el testimonio de la esposa de la víctima, el menor atacó al hombre “sin motivo aparente”. Sacó un cuchillo y le asestó una puñalada en el abdomen, tras lo cual huyó del lugar.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Básico de Sigchos, donde los médicos confirmaron su muerte minutos después. La autopsia estableció que falleció por una herida penetrante provocada por un arma cortopunzante en la región abdominal.
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Tras recibir la alerta del ECU 911, la Policía Nacional desplegó un operativo para localizar al agresor. Con base en testimonios y en las primeras diligencias, los agentes lo encontraron escondido en una vivienda cercana. Al tratarse de un delito flagrante, ingresaron al inmueble y procedieron con su aprehensión.
Durante el juicio, la Fiscalía presentó como pruebas el parte policial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el acta de levantamiento del cadáver, el protocolo de autopsia y las versiones de testigos presenciales.
Con esos elementos, el juez especializado en adolescentes infractores dictó la sanción máxima prevista por la legislación ecuatoriana para un menor de edad en casos de homicidio: ocho años de internamiento institucional.
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En Ecuador, los adolescentes que cometen delitos no reciben penas de prisión ordinaria, sino medidas socioeducativas contempladas en el Código de la Niñez y Adolescencia. Estas medidas buscan combinar sanción, rehabilitación y reinserción social.

En este caso, la sentencia se fundamentó en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el homicidio con una pena de entre 10 y 13 años de cárcel para adultos, en concordancia con los artículos 372 y 379 del Código de la Niñez y Adolescencia.
El internamiento institucional implica que el adolescente permanecerá en un centro especializado bajo custodia del Estado, donde deberá recibir atención psicológica, educación formal y programas de rehabilitación.
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La normativa ecuatoriana establece escalas diferenciadas de responsabilidad penal según la edad del infractor. Para adolescentes entre 14 y 18 años, los delitos más graves pueden ser sancionados con hasta ocho años de internamiento, que es el límite legal máximo.
El caso de Sigchos se suma a otros episodios recientes en los que menores de edad han sido condenados por delitos violentos en Ecuador, un fenómeno que preocupa a las autoridades en medio del aumento de la participación de adolescentes en hechos criminales.

Según reportes oficiales, muchos menores han sido captados por estructuras delictivas para tareas como transporte de armas, microtráfico, extorsión y sicariato, aprovechando que el régimen sancionatorio juvenil es distinto al de los adultos.
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Sin embargo, especialistas en justicia juvenil advierten que el objetivo del sistema no es únicamente castigar, sino también ofrecer herramientas para evitar la reincidencia y facilitar la reintegración social del adolescente una vez cumplida la medida.
Hasta el 13 de mayo de 2026, la sentencia contra V. C. representa una de las decisiones judiciales más severas que puede recibir un adolescente en Ecuador por el delito de homicidio.
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