
El Salario Básico Unificado (SBU) de Ecuador subirá a USD 482 mensuales en 2026, un incremento de USD 12 frente a los USD 470 vigentes durante 2025.
La decisión se tomó este lunes en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), instancia tripartita que reúne a representantes del Gobierno, empleadores y trabajadores, y el nuevo monto regirá desde el 1 de enero de 2026.
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El ajuste equivale a un aumento nominal cercano al 2,6% respecto del salario actual. Más allá del valor final, el hecho político y laboral que el Ejecutivo subrayó fue el consenso alcanzado en el CNTS. Según declaró el presidente Daniel Noboa, se trata de un acuerdo “sin imposición”, logrado tras varios años en los que el monto solía definirse sin consenso entre las partes.

De acuerdo con reportes de prensa local, la reunión del CNTS se desarrolló con carácter reservado y el incremento se definió tras revisar insumos técnicos vinculados a variables macroeconómicas como inflación y crecimiento económico del año, criterios que suelen formar parte del debate salarial en este espacio institucional.
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El aumento del SBU tiene un efecto que va más allá del ingreso mensual de quienes perciben el mínimo, porque en Ecuador múltiples rubros —públicos y privados— se calculan como porcentajes o referencias del salario básico. Por ello, el cambio a USD 482 impactará en obligaciones laborales y en valores que se actualizan automáticamente cuando se modifica el ingreso mínimo legal.
Entre los efectos directos más visibles están los aportes a la seguridad social (IESS), ya que las contribuciones se determinan sobre la remuneración declaradas; en el caso de trabajadores que perciben el salario básico, la base de cálculo se incrementa con el nuevo SBU.
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También se prevén ajustes en multas de tránsito que se expresan en fracciones del salario básico, por lo que el monto en dólares de determinadas infracciones subirá a partir de 2026.

Otro componente con impacto social es la pensión alimenticia, cuyos rangos de referencia se actualizan en función del salario básico. En la práctica, la entrada en vigencia del SBU de USD 482 moverá los valores mínimos y referenciales aplicables en 2026, de acuerdo con la normativa y tablas que se recalculan con el nuevo piso salarial.
En el ámbito laboral, representantes de los trabajadores remarcaron que el efecto del incremento puede sentirse también en otros componentes vinculados a la remuneración anual, como los décimos, aunque el debate sobre el “ingreso efectivo” suele depender del tipo de contratación y de la situación particular de cada trabajador.
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Para el sector empleador, el acuerdo se produce en un contexto en el que las empresas deben planificar sus costos laborales para 2026, especialmente aquellas con mayor proporción de personal en el umbral del salario básico. Tras la resolución, se reportaron reacciones diversas y énfasis en la necesidad de que el diálogo laboral se traduzca en mejoras de productividad y en condiciones para sostener el empleo formal.
Meses antes de esta resolución, Marlon Vargas, presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), propuso públicamente que el Salario Básico Unificado sea elevado de USD 470 a USD 650 mensuales. Esta demanda fue formulada en el contexto de movilizaciones y protestas sociales en el país, especialmente en respuesta a la eliminación del subsidio al diésel y el aumento de precios de combustibles.
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El incremento del salario básico suele ser uno de los hitos económicos y políticos del cierre de año en Ecuador, precisamente por su carácter transversal: toca el bolsillo de trabajadores y empresas, y reconfigura parámetros usados por instituciones públicas y privadas. Con el nuevo SBU fijado en USD 482, el país inicia 2026 con un ajuste moderado en términos nominales, pero con ramificaciones inmediatas en aportes, sanciones y obligaciones vinculadas al salario mínimo legal.
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