
El Supremo cubano mantuvo la condena de 14 años contra Brenda Díaz, la mujer trans encarcelada en el módulo de hombres de una prisión tras participar en las protestas antigubernamentales de julio de 2021.
La sentencia, a la ha tenido acceso la agencia EFE, da por buenos los argumentos del tribunal militar que la sancionó en primera instancia por los delitos de desórdenes públicos y sabotaje al señalar que la pena fue “legal, justa” y “racional”.
Según los hechos probados en el primer juicio, Brenda –que durante todo el proceso fue tratada por su nombre legal, Freddy Luis– tiró piedras contra una tienda en divisas de su municipio Güira de Melena, entró en el establecimiento con unos manifestantes y robó un ventilador, una olla de presión y confituras.
Díaz fue arrestada junto con su hermano de 16 años, Luis Manuel, quien intentó impedir la detención. El menor fue puesto en libertad 17 días después, con una multa de 1.000 pesos cubanos (41,6 dólares al cambio oficial).

En esta segunda sentencia, el Supremo amplía y señala que Díaz también se dirigió, con un grupo de personas juzgado en la misma causa, a la sede del Partido Comunista de Cuba (PCC, único legal) y a una estación de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) y gritó consignas contra “el sistema político”.
La defensa de Díaz presentó un recurso de casación, junto con otras 20 personas. La vista se celebró el pasado 17 de junio.
El Supremo redujo hasta en seis años las sanciones de solamente 11 de las 21 personas en la causa, en su mayoría acusados por los mismos delitos que Brenda.
”Se han ensañado con ella… no le rebajaron nada, ni un año cuando a casi todas las personas que han apelado se les bajó la sentencia y a ella no”, criticó Ana María García, madre de Brenda Díaz, en entrevista telefónica con EFE.
El tribunal considera que la pena de la manifestante se debe mantener pese a su “contribución al esclarecimiento de los hechos delictivos”.

Díaz se encuentra en el pabellón de hombres de la cárcel del municipio Güines (Mayabeque), pese a que no se corresponde con su identidad de género.
Se trata de un centro penitenciario especial -con una sección de hombres y otra de mujeres- para personas con el virus del VIH, como ella.
Su madre denunció que su hija fue rapada al momento de ingresar en la prisión y sufrió de una agresión sexual dentro de la prisión.
En la acusación contra Brenda, la Fiscalía recoge datos que, para la periodista y activista trans Mel Herrera, son “revictimizantes” y “estigmatizantes”. Por ejemplo, en el escrito se destaca que Díaz utilizaba un vestido, que es seropositiva y se confunde su identidad de género con una “orientación sexual”.
Herrera recuerda que en Cuba es posible cambiar el nombre legal de una persona trans en su carné de identidad y también la foto, mas no el sexo registrado al momento de nacer.

Este vacío legal permite que otras personas trans arrestadas como Brenda terminen en prisiones que no se corresponden con su identidad de género.
La Constitución cubana de 2019 reconoce el principio de “no discriminación por orientación e identidad de género”.
Además, el país someterá en septiembre a referendo el Código de las Familias, un paquete legislativo que busca legalizar el matrimonio igualitario, entre otros asuntos. Sin embargo, éste no incluirá cambios en la legislación para facilitar el cambio de género.
“(El caso de Brenda) demuestra que aunque haya voluntad política y una apertura del Gobierno, es muy difícil que esto se refleje en la práctica”, remata Herrera.
(Con información de EFE)
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