
Una sentencia civil se suma a las otras por corrupción que pesan sobre el ex vicepresidente ecuatoriano, el correísta Jorge Glas. Esta vez se trata de la obligación de pagar una pensión alimenticia.
Un juez de la familia de Guayaquil ordenó que el ex vicepresidente y sus dos hermanos, Heriberto y Silvia Glas Espinel, asuman la responsabilidad en la alimentación del hijo que es producto de la violación perpetrada por su padre en 2011, el educador Jorge Glas Viejó, fallecido en febrero de 2022.
Glas Viejó, condenado por la violación en 2014, era director de la escuela donde estudiaba la niña que ultrajó y que posteriormente quedó embarazada. El establecimiento educativo corresponde a una zona marginal de Guayaquil. Según el testimonio de la víctima, el violador prometió mantener a ambos, a la niña violada y a su hijo, y mejorar sus condiciones de vida. No solamente que incumplió su promesa, sino que inició una persecución en contra de la niña y su madre, facilitada por las autoridades educativas del gobierno del ex presidente Rafael Correa.
Tras la sentencia penal, el padre de Jorge Glas huyó a Paraguay, donde meses después la policía internacional lo capturó, deportó y entregó a las autoridades policiales del Ecuador, que lo condujeron a una prisión en la ciudad de Guayaquil, donde murió.
Con la muerte del violador, la abuela del niño nacido como producto del ultraje y la madre de la víctima interpusieron una demanda para reclamar una pensión de alimentos a favor del niño, quien ahora tiene 10 años.
El juez ordenó a los tres hermanos Glas Espinel, hijos de Jorge Glas Viejó, a pagar una pensión de USD 125,33, la que se divide a USD 41,77 por cada uno. Según el juez, y por disposición de la tabla vigente de pensión alimenticia provista por la autoridad calificadora, se fijó esta pensión.

Además, el juez dijo en su sentencia que la pensión establecida comenzará a contarse desde el momento de la presentación de la demanda, la cual fue interpuesta el 4 de mayo. El Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA) del Consejo de la Judicatura muestra que el último pago se realizó en noviembre de 2021 y Heriberto Glas Viejó falleció en febrero pasado, con lo cual estarían pendientes 6 meses de pensiones.
Además, en la sentencia de septiembre de 2012, se ordenó que la pensión alimenticia en el caso Glas Viejó debería ser igual al salario mínimo en Ecuador, que entonces era de USD 292,79 y que ahora es de USD 425.
El padre del ex vicepresidente correista se encontraba cumpliendo una condena de 20 años de encierro por la violación cuando falleció en febrero de 2022.
El Código Civil ecuatoriano y el Código de la Niñez y Adolescencia reconocen a los familiares del ausente, del imposibilitado o del fallecido como “obligados subsidiarios” y por tanto como acreedores responsables del pago de alimentos. La ley ecuatoriana define que los obligados subsidiarios son los abuelos y los hermanos mayores de 21 años.
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