
El Tribunal Oral Federal Nro. 5 prorrogó por ocho meses la prisión preventiva de Jorge Chueco, en el marco de la causa en la que el abogado está siendo juzgado por lavado de activos junto a Lázaro Báez y otros imputados. La resolución lleva la firma de los jueces Guillermo Costabel, María Gabriela López Iñíguez y Adriana Palliotti.
Los magistrados consideraron prudencial el lapso establecido para esta nueva prórroga ya que es el tiempo que se estima para la finalización del debate oral y público que se está llevando a cabo.
Además sostuvieron que "teniendo en cuenta la amenaza de pena en expectativa y que se mantienen los riesgos procesales del peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación" extender la prisión preventiva ocho meses más "resulta razonable en relación a los hechos que se le imputan". Asimismo, los jueces recordaron que adoptaron idéntico criterio con relación a Lázaro Báez y Daniel Pérez Gadin.
En el fallo, los miembros del tribunal se remitieron a una decisión anterior en la que también habían prorrogado la prisión preventiva de Chueco. En esa resolución señalaron que otorgarle la libertad conllevaría un riesgo procesal teniendo en cuenta la naturaleza económica de los delitos que se le imputan y la importante suma de dinero no recuperada que podría aún encontrarse a disposición del abogado.

Remarcaron que "al momento de emprender la fuga fue acreditado que dejó una suma de dinero para su esposa en el hotel,junto con una carta de su puño y letra lo que da cuenta de la posibilidad de acceso a dinero líquido de manera fácil". Hay que recordar que durante un allanamiento realizado en el marco de la búsqueda de Chueco cuando se encontraba prófugo se encontraron en un hotel de Iguazú -donde se había alojado el abogado antes de huir a Paraguay- más de 43 mil dólares en efectivo.
"Los riesgos procesales acreditados en las anteriores ocasiones no han desaparecido por el mero paso del tiempo", destacaron los jueces y agregaron que, por el contrario, al estar el proceso en su etapa final se deben extremar las medidas para evitar que se vea frustrado u obstaculizado.
Asimismo, además de considerar el riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación, los miembros del TOF 5 ampliaron los fundamentos de su decisión en lo establecido por el Código Procesal Penal que dispone que el Tribunal podrá ordenar el encarcelamiento del imputado para asegurar la realización del juicio.

Por último, también le denegaron el pedido hecho por la defensa de Chueco de que le coloquen una pulsera de monitoreo electrónico o se disponga prisión domiciliaria para el caso de que no le concedieran la excarcelación.
Luego de que el juez federal Sebastián Casanello ordenó la detención de Chueco, el 18 de abril de 2016, el abogado de Lázaro Báez salió del país en forma ilegal, y sólo estuvo a disposición de la Justicia tras ser expulsado de Paraguay por haber ingresado eludiendo los controles fronterizos. En esa oportunidad además intentó identificarse con otro nombre ante las autoridades de aquel país que dieron aviso a la Gendarmería Nacional, que finalmente lo detuvo.
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