La Municipalidad de Córdoba apeló contra un fallo judicial que ordenaba desconectar a un paciente de 64 años que se encuentra en estado vegetativo desde marzo. La medida fue dictada el 28 de septiembre, pero al no quedar firme la sentencia, el Tribunal Superior de Córdoba deberá evaluar la apelación presentada por el abogado de las autoridades municipales.
El representante legal de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, Andrés Varizat, justificó que la apelación fue presentada al evaluarse que el caso no cumplía con todos los requisitos legales para aprobar la medida. En este sentido, el defensor basó su argumento en el artículo 19 inciso 1 de la Constitución provincial que plantea que “todas las personas tienen derecho a la vida”.
El paciente en cuestión se trata de un hombre de profesión jardinero, identificado como J.S, que quedó en estado vegetativo como consecuencia de haber recibido un fuerte golpe en la cabeza en un presunto intento de robo que sufrió a la salida de un baile celebrado el pasado 12 de marzo. Desde ese momento, permaneció internado en el Hospital Municipal de Urgencias de la capital cordobesa, en donde le diagnosticaron un grave traumatismo de cráneo encefálico.
De acuerdo a la información recopilada por Télam, el paciente estuvo hospitalizado varios meses en la unidad de terapia intensiva, hasta que fue trasladado a una sala común. En la actualidad, este se mantiene en el mismo área, en donde se encuentra conectado a soportes artificiales que le garantizan la alimentación e hidratación.

Por este motivo, uno de los fundamentos presentados por Varizat señaló que “hay muchos casos similares que se recuperan con el tiempo”, según las consultas que realizó a varios especialistas en el tema. Asimismo, remarcó que “no existe diagnóstico médico de irreversibilidad del estado del paciente, ni certificación médica de que dicho estado sea incurable o terminal”.
Las autoridades evaluaron el hecho de que el hombre atraviesa su sexto mes de internación y destacaron que “aún existen posibilidades de una evolución favorable”. De esta manera, se apoyaron en la existencia de casos predecesores que fueron tratados en el mismo centro médico que aumentarían las posibilidades de recuperación de J.S.
En medio de la apelación, el abogado reforzó la negativa a desconectar al paciente, tras indicar que “no presenta estado de muerte cerebral”. Además, destacaron que éste tampoco recibe asistencia respiratoria mecánica, ya que puede respirar por sus propios medios y hasta llegó a detectarse que “ha realizado movimientos espontáneos”.

Por último, la apelación afirmó que el hombre no podría considerarse como una persona en estado “irreversible”, según lo planteado en la Ley provincial N° 10.058, en donde uno de los requisitos para solicitar la desconexión plantean que deben haber transcurrido un mínimo de doce meses prolongados en el tiempo. En el caso de que la persona sobrepasara el tiempo estipulado, este podría ser diagnosticado en “estado vegetativo permanente”.
En contraposición, el médico especialista en bioética que asiste a los familiares de J.S, Carlos Soriano, aseguró que los argumentos brindados por las autoridades municipales eran “falaces” al sostener que “el paciente es incurable, jamás va a poder recuperar la salud”. Asimismo, criticó a sus colegas del hospital al manifestar que “desconocen las leyes de la muerte digna”.
El amparo solicitado por la familia fue aprobado por la Cámara Contencioso Administrativa 2 de la Ciudad de Córdoba, por mayoría, por lo que le ordenaron a los profesionales del hospital retirarle la asistencia de soporte vital al paciente.
Anteriormente, éstos habían recibido una negativa de parte de la municipalidad, pese a que fundamentaron que “desde hace más de seis meses está sin actividad en la parte superior del cerebro”. Por el momento, no anunciaron cuándo se conocerá la resolución expedida por el Tribunal Superior de Córdoba.
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