El Procurador dispuso volver gradualmente a la presencialidad en todas las fiscalías, pero seguirá el trabajo remoto para casos especiales

Eduardo Casal determinó que todas las dependencias del Ministerio Público “deberán asegurar la atención presencial suficiente” a partir del 17 de agosto

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Eduardo Casal (Foto: Nicolás Stulberg)
Eduardo Casal (Foto: Nicolás Stulberg)

Las últimas medidas dispuestas por el Gobierno nacional respecto a la pandemia, vigentes a partir de este sábado, pronto impactarán en la Justicia. El Procurador interino Eduardo Casal acaba de firmar una resolución para volver gradualmente a la presencialidad en todas las fiscalías del país y en las dependencias del Ministerio Público Fiscal, pudo saber Infobae de fuentes oficiales. Sin embargo, seguirá el trabajo remoto para todos aquellos empleados que tengan factores de riesgo y se tendrá en cuenta “su situación respecto del proceso de vacunación”. “Hasta ahora la regla era el trabajo remoto y la presencialidad era una excepción, ahora será al revés”, explicó una fuente de la Procuración.

La resolución de Casal dispone “en todas las dependencias de este Ministerio Público se deberá asegurar la atención presencial suficiente en consonancia con la mayor actividad y movilidad existente, sin perjuicio de mantener la modalidad de trabajo remoto que dispongan sus titulares, especialmente respecto de aquellos/as agentes que se encuentren exceptuados o bien que, por sus condiciones de riesgo y/o su situación respecto del proceso de vacunación, consideren inconveniente su asistencia”.

Para tramitar las situaciones de excepcionalidad, los empleados de cada Fiscalía deberán informar “su estado de vacunación y factores de riesgo que los afecten”.

Casal justificó esta decisión en las últimas medidas sanitarias tomadas a nivel nacional. La resolución que lleva su firma explica que hay una mayor flexibilización para el desarrollo de actividades comerciales, laborales, educativas, culturales, deportivas y sociales, y cita el decreto 494/21, vigente desde este sábado, donde se expone que “de acuerdo a la situación epidemiológica, sanitaria y de coberturas de vacunación, se puede evaluar la habilitación paulatina y controlada de actividades y aforos”.

Como se preveía, mediante el decreto 494/21, el Poder Ejecutivo quitó algunas de las limitaciones que había hasta el momento y amplió el cupo de personas que pueden participar de determinadas actividades.

De esta manera, desde ahora está permitida en todo el territorio nacional la práctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos en espacios cerrados; como así también los cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento.

También se habilitó la asistencia a centros de día y clubes de adultos mayores con el mismo límite de aforo, siempre y cuando todos los asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la COVID-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces.

Además, las reuniones sociales en domicilios particulares ahora pueden ser de hasta 10 personas si se hacen en espacios interiores, y de hasta 20 si se realizan al aire libre.

Por otra parte, en una Decisión Administrativa también publicada este sábado en el Boletín Oficial, se estableció el cupo semanal de 11.900 plazas para el regreso al país de argentinos y argentinas y residentes hasta el 6 de septiembre y, en adelante, será de 16.100 plazas por semana, si se habilitan nuevos corredores seguros.

infobae

El funcionamiento de las Fiscalías, como el resto de la Justicia, fue variando desde que arrancó la pandemia. Al comienzo, la Procuración dispuso limitar la presencialidad en las oficinas “a lo estrictamente necesario para la adecuada prestación del servicio”, concedió una licencia excepcional a los mayores de 60 años y a quienes tuvieran factores de riesgo, y se justificó la inasistencia de quienes estén al cuidado exclusivo de menores.

Luego, mediante la resolución PGN 23/20 y otras similares, “se eximió a los integrantes del MPF de concurrir a sus lugares de trabajo, a excepción de quienes sean convocados, en el marco de estricta necesidad, para cumplir actos urgentes para garantizar el servicio de justicia imprescindible en todas aquellas actuaciones judiciales que no admitan demora”.

En la última etapa, a partir del paulatino levantamiento de la feria extraordinaria dispuesta por la Corte Suprema, se dejó en manos de los fiscales la modalidad de trabajo de cada fiscalía, y se recomendó que se tenga en cuenta la situación sanitaria del lugar, las reales posibilidades de cada persona, los factores de riesgo existentes y las pautas de trabajo establecidas por los tribunales ante los que les corresponde ejercer su representación.

Ahora, la pauta es volver a la presencialidad de manera gradual. “A fin de preservar la salud tanto del personal de este Ministerio Público como de los justiciables y el público en general, se recomienda un sistema de circulación y burbujas, que incluya todas las medidas de cuidado necesarias tal como fueron previstas en la Resolución PGN 37/20, considerando III”, concluye la resolución a la que tuvo acceso Infobae.

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