
El cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional admitió las apelaciones presentadas por Martín Vizcarra, la empresa Astaldi S.P.A. sucursal del Perú y la Procuraduría Pública Ad Hoc, en el marco de la sentencia impuesta al exmandatario por el caso Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. Con esta decisión, el proceso judicial se eleva a la Sala Penal de Apelaciones Nacional.
Pese a que la defensa técnica de la empresa Incot Contratistas Generales S.A.C anunció en audiencia que apelaría la sentencia, finalmente no formalizó el recurso. “Se advierte que no ha cumplido con fundamentar el recurso de apelación contra la sentencia contenida en la resolución N° 34 de fecha 26 de noviembre de 2025, a pesar de haber sido válidamente notificado — mediante cédula electrónica— con la sentencia en su integridad con fecha 26 de noviembre de 2025″, expuso la sala.
El caso involucra a Martín Alberto Vizcarra Cornejo, vacado expresidente del Perú, condenado por cohecho pasivo propio en agravio del Estado. La resolución fue emitida el 26 de noviembre de 2025 por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, que le impuso una pena efectiva de catorce años de prisión, nueve años de inhabilitación, una multa de S/ 94.900 y la obligación solidaria de pagar S/ 2.336.000 junto con distintas empresas como reparación civil.

¿Qué solicita Martín Vizcarra, Astaldi y la Procuraduría ante la Sala de Apelaciones?
La defensa de Martín Vizcarra sostiene que el exmandatario debe ser absuelto de las acusaciones de corrupción formuladas en su contra o, en su defecto, que el tribunal revoque la condena y varíe el fallo. La solicitud incluye además la excarcelación inmediata, según consta en los escritos oficiales.
“Que, se declare la nulidad de la citada resolución; o, como pretensión subordinada, se revoque y, reformándola, se absuelva al ciudadano Martín Alberto Vizcarra Cornejo de la acusación fiscal promovida en su contra; en ambos supuestos ordenando su excarcelación inmediata“, se lee en el expediente judicial al que accedió Infobae.
En tanto, la empresa Astaldi recurre la decisión que la mantiene como tercero civilmente responsable en el caso, tras la negativa inicial del juzgado a excluirla de la obligación solidaria de pago de la reparación civil. El monto cuestionado es de S/ 2.336.000, asignado como indemnización para el Estado peruano.
Solicita a la Sala que revoque o, alternativamente, declare nulo el extremo de la sentencia que la incluye como responsable civil. Argumenta que su inclusión vulnera fundamentos de hecho y derecho, según consta en los escritos remitidos a las autoridades.
Por último, la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otros apeló el monto determinado por el tribunal para la reparación civil. La entidad considera insuficiente la cifra fijada de S/ 2.336.000 y pide que se reformule este extremo de la sentencia, planteando que se adopten sus pretensiones económicas en los términos propuestos durante el proceso. En el recurso, se exige que el fallo sea reemplazado por una nueva resolución que fije un monto mayor de indemnización contra Vizcarra y las empresas.
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