Wilber Medina acusa de filoterrorista a juez que restituyó a Delia Espinoza y pide que no vuelva a la Fiscalía, sino “a un centro médico”

El autodenominado consejero de José Jerí tuvo fuertes calificativos contra las autoridades judiciales y fiscales tras la orden a favor de la suspendida titular del Ministerio Público

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Consejero de José Jerí despotricó contra el juez Juan Fidel Torres Tasso y fiscal Delia Espinoza. | Willax

El abogado Wilber Medina calificó de filoterrorista al juez Juan Fidel Torres Tasso, del Noveno Juzgado Constitucional de Lima, por ordenar la restitución de Delia Espinoza como Fiscal de la Nación. Cuestionó de manera enfática la resolución judicial y señaló que Espinoza no debería reincorporarse al Ministerio Público, sino “a un centro médico”, en referencia a su supuesta falta de solvencia para desempeñar el cargo.

En entrevista con Willax, el autodenominado consejo del presidente José Jerí sostuvo que el sistema de justicia atraviesa una etapa de descomposición y degradación, y atribuyó al juez Torres Tasso una actitud “activista” que, en sus palabras, se encuadra en una lógica filoterrorista. 

“Le pidieron solamente cuestionar un extremo de la resolución, ‘pero como yo soy el juez Torres Tasso, un filoterrorista, un juez activista, me tumbo todo. Junta, ¿sabes qué? Yo estoy por encima tuyo’. Eso no se puede tolerar", expresó.

Pese a que previamente reconoció que la Junta Nacional de Justicia no puede limitar los efectos de una decisión judicial, defendió la actuación de la JNJ y recomendó que la entidad solicite una aclaración al juez sobre cómo es posible dictar una medida cautelar respecto a puntos no incluidos en la demanda original.

Consejero de José Jerí en
Consejero de José Jerí en contra de reposición de Delia Espinoza. | Fotocomposición: Infobae Perú

Señaló además que esta situación podría encuadrarse en el delito de prevaricato, razón por la cual instó a que se presenten denuncias penales correspondientes y se recurra al Tribunal Constitucional mediante una acción competencial. “Lo que tiene que hacer la Junta es respetar su fuero y presentar una acción competencial. El juez está invadiendo las competencias de la Junta”, aseveró el letrado durante la transmisión, según recogió Willax.

“¿Sabes qué han hecho estos jueces filoterroristas? John Paredes, Torres Tasso... Han desobedecido lo que el Tribunal Constitucional ha determinado. Esto es un tema de un paquete, de toda una estrategia de desobedecer. Y el caviaraje, y acá está el IDL y todas sus demás hierbas, han capturado el sistema de la primera y la segunda instancia del sistema de justicia constitucional en el Perú“, agregó sin que se le consulten por pruebas de sus afirmaciones.

En cuanto a la figura de Delia Espinoza, Medina señaló que la magistrada no debe regresar al Ministerio Público, pues considera que constituye un riesgo para el sistema de justicia. Sostuvo que “la señora tiene problemas de salud propios y extraños”, motivo por el cual aconsejó que “debe regresar a un centro médico”.

Sus declaraciones se producen después de que el Poder Judicial dictaminó que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) había incumplido el mandato cautelar que ordenaba restituir a Delia Espinoza Valenzuela en su puesto. El juez Torres Tasso advirtió una violación al carácter vinculante de las sentencias emanadas de procesos constitucionales y estableció un plazo de dos días para que la JNJ efectúe la reposición de la magistrada.

Resolución del Poder Judicial.
Resolución del Poder Judicial.

El conflicto institucional surgió a raíz de la decisión de la Junta Nacional de Justicia en junio de 2025, que suspendió provisionalmente a Espinoza Valenzuela tras la apertura de un proceso disciplinario y ordenó el retorno de Liz Patricia Benavides al cargo de Fiscal de la Nación. Espinoza entonces interpuso una acción de amparo, y el 13 de octubre el Juzgado Constitucional le concedió una medida a su favor, suspendiendo provisionalmente dicha resolución y paralizando los procedimientos disciplinarios vinculados al caso.

Pese al mandato judicial, la JNJ acató solo de manera parcial la medida, manteniendo en vigor cargos adicionales que, de acuerdo con el fallo de Torres Tasso, están directamente relacionados con la presunta inejecución de la resolución inicial. El juez fundamentó que “deben ser suspendidos por mandato cautelar”, al considerar que todos los cargos tenían conexión con el mismo hecho generador.