
La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) ha ejecutado la cancelación de 10 mil 472 licencias para el porte y uso de armas de fuego en Perú entre enero y septiembre de este año. Este número refleja un crecimiento respecto al año 2024, vinculado a la implementación de un proceso de transformación digital en el Sistema de Armas.
El proceso de digitalización de controles realizado por la Sucamec ha permitido incrementar la fiscalización sobre el parque de armas de uso civil.
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Las licencias tienen una vigencia de tres años y pueden renovarse siempre que el usuario continúe cumpliendo las condiciones correspondientes.

El registro y monitoreo de licencias se realiza bajo parámetros estrictos, con exámenes periódicos y actualización de los requisitos exigidos por la Sucamec.
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¿Cuáles son los motivos de cancelación?
Según el organismo, las anulaciones obedecen, en primer término, a la pérdida de vigencia de la licencia, el fallecimiento del titular y otras condiciones fijadas por la Ley n.° 30299.
La licencia, con una vigencia de tres años, puede ser renovada por un período similar si el usuario mantiene los requisitos exigidos. La Sucamec enfatiza que uno de los criterios más frecuentes de cancelación es el incumplimiento de las condiciones que dieron origen al permiso. Esto implica que si la persona autorizada deja de aprobar los exámenes médicos, psicológicos, teóricos o prácticos sobre el manejo del arma, se expone a la revocatoria de la autorización.
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Además, la ley de armas, municiones, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil prevé que la presencia de antecedentes penales, judiciales o policiales por delitos dolosos constituye causa de suspensión automática de la licencia. Otros factores legales, contemplados en el artículo 7 de la citada norma, también pueden implicar la anulación inmediata del permiso.
Aquellos usuarios que incumplan, incurran en infracciones o sean sancionados por situaciones previstas en la ley, quedan sujetos a la revocatoria inmediata de sus autorizaciones.
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Requisitos para tramitar licencia para portar armas
- Iniciar el trámite requiere el pago por derecho de trámite: El solicitante debe abonar S/ 41,00 en el Banco de la Nación o en el servicio Págalo.pe, empleando el código 2097 y consignando el número de DNI o carnet de extranjería para comenzar el proceso ante la Sucamec.
- Presentar el certificado de salud psicosomático: Es obligatorio someterse a un examen en una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPRESS) registrada ante la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) y ante la Sucamec. El certificado debe estar vigente y emitido para este trámite.
- Completar y adjuntar documentos en la Plataforma Sucamec en Línea (SEL): Se debe llenar el formato de solicitud, anexar la declaración jurada y adjuntar escaneados todos los requisitos firmados.
- Asistir a la cita para la evaluación teórico-práctica: El día programado, el solicitante debe acudir 15 minutos antes a la sede de la Sucamec elegida, con su DNI o carnet de extranjería vigente. Luego de la evaluación, el expediente queda registrado en el sistema.
- Esperar el resultado de la evaluación: El plazo para recibir el resultado es de 21 días hábiles. La Sucamec notificará mediante el Buzón Electrónico de la Plataforma SEL si la licencia ha sido aprobada o denegada. El solicitante puede seguir el estado del trámite en la web o en el aplicativo móvil de la entidad.
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