La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, brindó una conferencia de prensa para dar un balance de resultados del primer semestre del 2025. Uno de los temas que tocó fue sobre la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional dos artículos de la Ley de Extinción de dominio.
La fiscal alertó que esta modificación beneficia a todos aquellos procesados que vienen siendo investigados por delitos vinculados al crimen organizado, narcotráfico, lavado de activos, entre otros y no pueden garantizar que sus bienes hayan sido obtenidos con dinero de origen lícito.
“Los instrumentos que tenemos los fiscales para combatir la delincuencia son las leyes. No tenemos otra herramienta para hacer prevalecer el Estado de derecho. Lo que se acaba de decidir y sin faltarle el respeto al Tribunal Constitucional, (...) ha consagrado un retroceso. Es un lamentable retroceso”, lamentó.

El fallo del TC señala que todos aquellos bienes correspondientes a procesos incautados hasta antes de 2018 deberán ser devueltos. Espinoza evitó brindar nombres de las personas que serán beneficiadas con esta sentencia.
“No voy a tocar nombres específicos respecto de quienes se favorecerían o ya se van a favorecer en los hechos próximamente con esta decisión de retroceso. Ya ustedes mismos podrán advertir, porque son numerosos personajes que se van a ver librados de esta persecución válida, legal. Pero, que ha sido tomada por una decisión del Tribunal Constitucional”, agregó.
Por último, adelantó que la institución evaluará cuáles serán las acciones para seguir aplicando la ley de Extinción de Dominio.

“Veremos posteriormente que acciones se pueden impulsar para recuperar esta importante herramienta que hasta el momento significó un gran éxito y puso al Perú como un referente”, finalizó.
¿Quiénes se benefician con el fallo del TC?
Entre los principales beneficiados destacan exmandatarios como Alberto Fujimori, Alejandro Toledo y Ollanta Humala, así como familiares, exfuncionarios y allegados implicados en investigaciones vinculadas a delitos contra la administración pública.
La Ley de Extinción de Dominio permitía al Estado incautar bienes y activos de origen ilícito, aun si no existía una sentencia penal firme. Sin embargo, la resolución del TC señala que solo podrá aplicarse la extinción de dominio cuando se haya comprobado responsabilidad penal mediante sentencia definitiva. Esta decisión limita el alcance de la norma y restringe la posibilidad de recuperar activos durante el proceso de investigación o antes de que concluyan los procedimientos judiciales.

El fallo tiene impacto en casos emblemáticos de la política peruana. En el caso del expresidente Alberto Fujimori, se evalúa la posibilidad de recuperar bienes atribuidos a presuntos actos de corrupción. Con la nueva disposición, esa recuperación solo podrá producirse si existe una condena firme. Situación similar ocurre en los expedientes de Alejandro Toledo, quien enfrenta procesos por presuntamente recibir sobornos a cambio de concesiones de obras, y de Ollanta Humala, acusado de recibir dinero ilegal para campañas políticas.

Otros procesados y personas investigadas en torno a estos líderes políticos, incluyendo empresarios, exministros y familiares, también verían acotada la posibilidad de que el Estado incaute y adjudique sus bienes antes de que finalice el proceso judicial. Especialistas advierten que la decisión del TC podría complicar la lucha contra el crimen organizado y dificultar la recuperación temprana de activos obtenidos de manera ilícita.
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