
¿Sabías que ya va medio año en que las cooperativas de ahorro y crédito (coopac) del país están cubiertas con su propio fondo de seguro de depósitos? Como se recuerda, desde febrero de 2025 entró en vigencia el Fondo de Seguro de Depósito Cooperativo (FSDC), que protege los montos que socios tienen en estas entidades hasta en S/5.000 y S/10.000, según el nivel de la coopac.
Así, sin embargo, “con la finalidad de precisar el momento hasta el cual se devengan los intereses de las imposiciones respaldadas por el FSDC, atendiendo a la naturaleza y particularidades operativas de las Coopac”, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP consideró necesario modificar el Reglamento del FSDC, a fin de asegurar una determinación oportuna, objetiva y verificable del monto de cobertura. Así, ahora el este respalda únicamente las siguientes imposiciones, de acuerdo con el monto de cobertura máxima que se establezca:
- Los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad, de las personas naturales o personas jurídicas privadas sin fines de lucro socios de la Coopac
- Los intereses devengados por los depósitos referidos en el literal precedente, a partir de sus respectivas fechas de constitución o de su última renovación. Estos intereses se devengarán hasta la fecha de la disolución de la Coopac o del envío de la relación de asegurados cubiertos por parte de esta Superintendencia al FSDC, debiendo considerarse el evento que ocurra primero
- Los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas socias de la Coopac.

Modifican fondo de seguro de Coopacs
Como se sabe, la Ley Coopac establece que son miembros del FSDC todas las Coopac que capten depósitos de sus socios y que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público. Además, esta indica que las Coopac que ingresen al FSDC deben efectuar aportaciones a este durante veinticuatro meses, como mínimo, para que los depósitos de sus socios se encuentren respaldados.
Sin embargo, dado que la SBS considera que se debe precisar el momento hasta el cual se devengan los intereses de las imposiciones respaldadas por el FSDC ha modificado esta norma. Pero eso no es todo, sino que “a fin de garantizar el adecuado tratamiento de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS) cubiertos, resulta necesario precisar la facultad del FSDC con relación a dichas cuentas, permitiendo así una implementación más eficiente y coordinada del proceso de devolución de depósitos”.
Así, conforme al marco normativo vigente y a fin de proteger efectivamente los derechos de los depositantes, detalla que tratándose de depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS), depósitos en garantía o en retención judicial y otros sobre los cuales el titular no tiene disposición plena, el pago de las imposiciones cubiertas por el FSDC se realiza mediante la apertura de depósitos con características similares a los originales, a nombre de los respectivos titulares, en otras Coopac autorizadas a realizar las mismas operaciones en las cuales sean socios o en empresas de operaciones múltiples o en el Banco de la Nación.

“En el caso de depósitos por CTS y cuentas de menores, y cuando el Banco de la Nación sea la entidad a cargo del pago de la cobertura, cada socio deberá informar a los representantes de la Coopac la elección de la entidad donde se realizará el traslado definitivo de sus fondos; ello sin perjuicio de lo previamente señalado”, añade también.
Mayor plazo para enviar información sobre asegurados
De igual manera, y dada la complejidad operativa que conlleva el proceso de elaboración, verificación y envío de la relación de asegurados cubiertos por el FSDC, la SBS consideró necesario ampliar el plazo para dicho fin, así como precisar los canales a utilizarse para la publicación de dicha relación
Así, ahora aclaran que “declarado el no levantamiento de la causal que determinó la intervención o declarada la disolución de una Coopac de nivel 1 o 2 miembro, o la disolución y liquidación de una Coopac de nivel 3 miembro, la Superintendencia cuidará que, en un plazo no mayor de 90 días calendario, se prepare y se remita al FSDC una relación de los asegurados cubiertos”.
Más Noticias
Quién es la mujer que acompañó a José Jerí a reunión con empresario chino en tienda del Cercado de Lima
Alicia Camargo Leiva llegó a Palacio de Gobierno poco después de la asunción de José Jerí al poder. Desde entonces, su relación con el mandatario se habría vuelto más cercana

Golazo de Matías Di Benedetto en el Universitario vs Melgar: anotó con violento cabezazo en el amistoso de pretemporada 2026
El defensor argentino, en medio de la polémica por los extranjeros, sacó rédito de un centro de Hugo Ancajima y puso el 1-0 en el estadio Monumental de Ate

Universitario vs Melgar EN VIVO HOY: minuto a minuto del amistoso de pretemporada en el Estadio Monumental 2026
Los ‘cremas’ enfrentan su segundo choque preparatorio, ahora frente a los ‘rojinegros’ en el Estadio Monumental, que no contará con público. Se espera un gran cotejo. Sigue las incidencias

Golazo de Edison Flores para que Universitario golee a Melgar en el amistoso de pretemporada 2026
La insistencia del ‘Orejas’ dio frutos en el estadio Monumental de Ate. El zurdo colocó el 3-0 ante los arequipeños

Aumento de S/700, bono de S/2.500 y aguinaldo mayor al sueldo: Las propuestas del Convenio Colectivo
Propuesta. La negociación colectiva empezó y estas son las mejoras laborales que piden los trabajadores estatales y que ahora están en la cancha del gobierno de José Jerí


