
Los trabajadores CAS de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) podrían estar cerca de tener más beneficios. El dictamen que autoriza la incorporación progresiva de los servidores de esta entidad contratados bajo el régimen laboral del decreto legislativo 1057 (CAS) al régimen laboral del DL 728 ya espera solo su aprobación final para salir del Congreso y pasar al Ejecutivo.
Según fuentes del Sindicato de Trabajadores de los Registros Públicos Cas Zona IX (Sintrepcas IX), este dictamen fue aprobado tanto en la Comisión de Presupuesto como en la Comisión de Justicia, con unanimidad en ambos.
“Ahora estamos en agenda de la Comisión Permanente esperando que sea puesto a debate o en su defecto en la siguiente legislatura a partir del 15 de agosto”, aclaran desde la Sintrepcas IX.

¿De qué trata la medida?
El dictamen que busca un “Sunarp sin CAS” busca pasar a los trabajadores del DL 1057 al régimen 728, lo que les daría más beneficios y mayor seguridad laboral. “Los beneficiarios serían 2 mil CAS a nivel nacional, el tránsito se realizaría mediante concurso de méritos y con el presupuesto propio de cada entidad”, revelan desde la Sintrepcas IX.
“La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) efectúa la incorporación progresiva de los servidores bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, durante un periodo de dos años consecutivos. Para tal fin, debe programar anualmente el ingreso de hasta cincuenta por ciento (50 %) de los servidores que logren alcanzar un puesto por concurso interno de méritos”, resalta el texto del dictamen.
Sin embargo, el alcance de la Ley señala que este será un proceso que podrá seguir el trabajador si lo desea. Es decir, solo para quienes “voluntariamente deseen ser incorporados al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo, mediante concurso interno de méritos”.

Los criterios del traspaso
Asimismo, para efectos de la incorporación progresiva del personal al que se refiere el dictamen se deberán tener en cuenta los siguientes criterios:
- Que los cargos estructurales se encuentren contemplados en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional)
- Que las plazas se encuentren consignadas en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP)
- Que las plazas o puestos por ocupar se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH) del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certificación del crédito presupuestario.
Asimismo, la DGGFRH del Ministerio de Economía y Finanzas elimina, de oficio, los registros o plazas vacantes como resultado del concurso interno.

De igual manera se incluye en la norma un artículo para proteger al trabajador contra el despido o cese de actividades y vigencia de la relación laboral.
“Los trabajadores de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) bajo los alcances del Decreto Legislativo 1057 cuentan con protección contra el despido injustificado y/o término de contrato, para ello la Sunarp mantiene vigente la relación laboral hasta que se haya cumplido la migración toal del personal del régimen CAS. salvo causa legal justificada”, aclara la medida.
De igual manera, la medida “exonera a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de lo establecido en el párrafo 8.1 del artículo 8 y en los párrafos 9.1 y 9.3 del artículo 9 de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con la finalidad de implementar lo establecido en la presente ley”.
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