
Los trabajadores del sector privado que laboren el próximo 1 de mayo, Día del Trabajador, tendrán derecho a recibir un pago triple, siempre que no se les otorgue un descanso sustitutorio.
Así lo informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL), que detalló las disposiciones legales aplicables a esta fecha, conforme al artículo 6 del Decreto Legislativo 713, Ley de Descansos Remunerados.
Además, el gremio empresarial precisó que el 2 de mayo ha sido declarado día no laborable para el sector público, mientras que en el sector privado su aplicación dependerá de acuerdos entre empleadores y trabajadores.
¿Cómo se efectuará el triple pago?
De acuerdo con Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL, el pago triple para quienes trabajen el 1 de mayo se desglosa en tres conceptos: la remuneración correspondiente al feriado, una remuneración adicional por haber trabajado ese día y una sobretasa del 100% sobre esta última.
Por ejemplo, un trabajador que perciba S/100 diarios y labore el 1 de mayo sin descanso sustitutorio recibirá S/300 por ese día: S/100 por el feriado y S/200 adicionales por la sobretasa. En caso de que el feriado coincida con el día de descanso obligatorio del trabajador, este tendrá derecho a un pago equivalente a un día adicional.
¿El 2 de mayo será día no laborable?
El 2 de mayo, declarado día no laborable mediante el Decreto Supremo 042-2025-PCM, aplicará de manera obligatoria para los trabajadores del sector público, quienes deberán compensar las horas no trabajadas en una fecha posterior.
En el sector privado, la recuperación de las horas dependerá de acuerdos entre empleadores y empleados. Si no se llega a un consenso, será el empleador quien determine la forma de compensación.
Ambas fechas, sumadas al sábado 3 y domingo 4 de mayo, se convierten en un “feriado largo” propicio para descansar o retomar actividades pendientes. Cabe indicar que los días no laborables se compensan en días posteriores y buscan promover el turismo interno.

Las empresas que igual trabajan el 1 de mayo
Para las empresas privadas que prestan servicios esenciales, como las relacionadas con salud, limpieza, electricidad, agua, telecomunicaciones, transporte, seguridad y expendio de alimentos, entre otras, se permitirá que algunos trabajadores laboren el 2 de mayo.
Esto tiene como objetivo garantizar el funcionamiento continuo de actividades críticas para la comunidad. Según la Cámara de Comercio de Lima, estas empresas podrán decidir qué empleados deberán trabajar ese día, asegurando así la prestación de servicios indispensables.
¿Y habrá cuádruple pago?
En situaciones específicas, como cuando el trabajador no recibe un día de descanso compensatorio posterior al 1 de mayo, el pago puede incrementarse aún más.
En este caso, el empleado tendría derecho a un cuádruple pago diario, que incluye el pago por el descanso semanal, el feriado, y dos pagos adicionales por haber trabajado en un día feriado sin compensación.
Este escenario subraya la importancia de que las empresas cumplan con las normativas laborales vigentes.
La importancia de de conocer los derechos de los trabajadores
El Día del Trabajador, celebrado cada 1 de mayo, es un feriado nacional no laborable tanto para el sector público como para el privado. Sin embargo, las disposiciones legales establecen condiciones específicas para quienes deban laborar en esta fecha, asegurando una compensación económica adecuada.
Por otro lado, el día no laborable del 2 de mayo busca extender el descanso de los trabajadores, aunque con diferencias en su aplicación entre los sectores público y privado.
La Cámara de Comercio de Lima, a través de su Dirección de Comunicaciones, enfatizó la importancia de que las empresas y los trabajadores conozcan sus derechos y obligaciones en relación con estas fechas, para evitar malentendidos y garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes.

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